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Procesaron a la empresa Día por presunta evasión previsional y le impusieron un embargo de $800 millones

Última actualización: 27 de abril de 2026 9:21 pm
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La Justicia procesó a Día Argentina S.A. en una causa por presunta evasión previsional vinculada al uso de contratos de franquicia, concesión y consignación que, según el expediente, habrían servido para encubrir relaciones laborales, y le impuso un embargo de $800 millones sobre sus bienes. La decisión fue adoptada por el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N°2, en el expediente “DIA ARGENTINA S.A. y otros s/ infracción Ley 24.769”, al que accedió LA NACION, con resolución fechada el 20 de abril y notificada al día siguiente.

En la parte resolutiva, el juez Pablo Yadarola dispuso “DECRETAR EL PROCESAMIENTO de la firma DIA ARGENTINA S.A.” y “TRABAR EMBARGO sobre el dinero o los bienes de DIA ARGENTINA S.A., hasta cubrir la suma de $800.000.000”.

Consultada por LA NACION, Día Argentina S.A. sostuvo que “cumple con todas sus obligaciones tributarias, previsionales y laborales conforme a la normativa vigente” y defendió la legitimidad de su modelo comercial. La empresa afirmó además que el proceso judicial “se encuentra en una etapa inicial de prueba”, en la que se analizan y presentan “los elementos necesarios para su evaluación”, y remarcó que “no existe al momento ninguna resolución definitiva”.

La compañía agregó que mantiene “sistemas de control interno, auditoría y cumplimiento” y que se encuentra “a total disposición de las autoridades competentes” para aportar documentación e información requerida.

En la resolución judicial se indicó que se trata de 34 hechos. El procesamiento comprende presunta evasión previsional simple por los períodos 3/2016 a 5/2016, 7/2016 a 11/2016 y 1/2017 a 5/2017, por montos superiores a $7 millones mensuales. También incluye presunta evasión previsional agravada por utilización de terceros interpuestos en 12/2015, 6/2016, 12/2016 y 6/2017 a 12/2018, por sumas superiores a $14 millones.

El expediente sostuvo como hipótesis que la compañía se habría valido de contratos de franquicia, concesión o consignación para ocultar al verdadero sujeto obligado al pago de aportes y contribuciones a la seguridad social. En ese marco, el juzgado señaló que la discusión central consistía en determinar si existía una autonomía comercial real de los supuestos franquiciados o si, por el contrario, operaban dentro de una estructura dirigida por la empresa matriz.

Entre las pruebas valoradas aparecen cruces de información laboral y fiscal, declaraciones testimoniales, intervenciones telefónicas y el análisis de más de 20.000 correos electrónicos corporativos. Según la resolución, de ese material surgían indicios de injerencia directa del área de Recursos Humanos de la firma en la selección y evaluación de personal, además de decisiones sobre traslados y despidos.

Otro elemento citado fue el cruce de nóminas laborales, del que surgió que 2267 empleados prestaron servicios para más de un franquiciado. Para la acusación, eso reforzaba la hipótesis de una dependencia técnica y jurídica directa con la empresa. La investigación también relevó un universo de 1072 supuestos franquiciados y sostuvo que la fiscalización alcanzó a 13.690 trabajadores: 993 franquiciados y 12.697 dependientes registrados formalmente por ellos.

También se mencionó el uso del sistema interno denominado “llave 4”, que, de acuerdo con el fallo, permitía a supervisores de la compañía Día modificar stocks y precios de manera remota. A eso se sumó que la recaudación en efectivo era retirada por empresas de caudales contratadas por la compañía y que los pagos electrónicos se acreditaban en sus cuentas.

Para fijar el embargo, el juzgado tomó en cuenta montos ajustados por la fiscalización de los períodos aún investigados, menos pagos efectuados a término, por $579.173.127,25, además de una eventual multa y otros gastos del proceso.

La defensa había solicitado el sobreseimiento o, subsidiariamente, la falta de mérito. Ambos planteos fueron rechazados en esta instancia. El procesamiento no implica una condena, sino que el juzgado consideró reunidos elementos suficientes para avanzar con la causa penal contra la empresa.


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