La Cámara de Diputados de San Juan aprobó este jueves, con 33 votos a favor, 2 en contra y una abstención, la Ley de Desarrollo Local Minero, una norma que fija metas obligatorias de contratación de mano de obra y proveedores locales para las empresas que operan en la provincia.
La ley establece que las compañías mineras deberán garantizar que el 80% de su personal resida en San Juan, con prioridad para los departamentos donde se ubica cada proyecto, y que el 60% de las contrataciones anuales de bienes, obras y servicios se destine a proveedores provinciales. Estos porcentajes superan ampliamente el piso del 20% de compras locales que exige el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) a nivel nacional.
Para controlar el cumplimiento, la norma crea el Registro de Proveedores Mineros de San Juan (RE.PRO.MIN), donde solo podrán inscribirse empresas que acrediten domicilio operativo real, tributación local y una dotación de al menos 80% de personal sanjuanino. Las compañías deberán presentar, bajo declaración jurada, Planes de Desarrollo de Empleo y de Proveedores con metas progresivas y medibles, sujetos a reportes públicos de avance.
Como incentivo, las operadoras que cumplan simultáneamente ambas metas podrán acceder a un Certificado de Crédito Fiscal transferible, utilizable para el pago de impuestos provinciales o cedible a proveedores locales. El Ministerio de Minería será la autoridad de aplicación, con facultades para sancionar incumplimientos, y contará con el acompañamiento de un Consejo Consultivo público-privado.
La norma reemplaza a la anterior Ley 1208-M, que nunca llegó a implementarse de forma efectiva, y llega en un momento de fuerte expectativa por el desarrollo de proyectos de cobre de escala mundial en la provincia, como Los Azules y Vicuña.
Tras la sanción, el gobernador Marcelo Orrego celebró la medida en sus redes sociales, calificándola como un paso hacia «el San Juan del futuro».

