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Reforma Laboral: los ejes centrales de la ley sancionada en la Argentina en febrero 2026

Última actualización: 22 de julio de 2026 12:29 am
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Sancionada el 27 de febrero y publicada el 6 de marzo de 2026, la Ley de Modernización Laboral (27.802) flexibiliza las contrataciones, extiende el periodo de prueba, modifica las indemnizaciones y regula el derecho a huelga en Argentina. Sus ejes:

  • Despidos e indemnizaciones. Se mantiene un sueldo por año de antigüedad, pero la base de cálculo excluye aguinaldo, vacaciones y premios no mensuales, y se topea en tres salarios promedio del convenio (con un piso del 67%). La indemnización pasa a ser la “única reparación”: cobrarla cierra cualquier reclamo civil posterior, salvo delitos penales. Los convenios podrán reemplazar el sistema por un fondo de cese.
  • Fondo de Asistencia Laboral. Desde junio de 2026, cada empleador aporta 1% (grandes empresas) o 2,5% (Pymes) de la masa salarial a una cuenta administrada por entidades privadas, para financiar despidos. A cambio recibe una reducción equivalente de contribuciones patronales.
  • Relación de dependencia. Se debilita la presunción de contrato laboral: si hay facturas o pagos bancarizados, no se presume empleo, ni siquiera a efectos previsionales. Los repartidores y choferes de apps quedan definidos como prestadores independientes, fuera de la ley laboral. La solidaridad entre empresas de un mismo grupo solo procede si hubo fraude.

  • Jornada y vacaciones. Se habilitan bancos de horas y francos compensatorios pactados por escrito. Las vacaciones pueden otorgarse entre octubre y abril, fraccionadas en tramos de al menos siete días.
  • Huelga y sindicatos. Los servicios esenciales deben garantizar 75% de prestación; una lista amplia de actividades “de importancia trascendental” (transporte, bancos, alimentos, hotelería, industria continua) exige 50%. Las asambleas requieren autorización del empleador y no se pagan. Bloqueos y tomas se tipifican como infracciones muy graves, y la reincidencia puede costar la personería gremial. Los aportes convencionales a sindicatos se topean en 2%.
  • Convenios colectivos. La ultraactividad se limita a cláusulas normativas y el convenio de ámbito menor (por empresa) prevalece sobre el de actividad.
  • Justicia laboral. Los juicios porteños se transfieren a la Ciudad, los jueces quedan obligados a seguir la Corte Suprema, las costas se topean en 25% y las deudas se actualizan por IPC más 3% anual.

  • Otros. Blanqueo laboral con condonación de al menos 70% de deudas, contribuciones reducidas para nuevas contrataciones, incentivos a inversiones pymes y quita de impuestos internos a seguros, celulares y automotores. Se derogan, entre otras, las leyes de teletrabajo, viajantes de comercio y estatuto del periodista.

Para profundizar más sobre la reforma laboral, se puede acceder a la colección de Google Pinpoint elaborada por LA NACION sobre el tema, que además de incluir el texto completo de la ley, incluye información, audios e infografrías de cómo fue el proceso desde que el Gobierno impulsó el proyecto hasta que fue aprobado, análisis de nuestros especialistas, y editoriales.


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