La Corte Suprema de Justicia dejó firme la medida cautelar que obliga a pagar un incremento salarial del personal docente y no docente en las universidades, llamar a paritarias e incrementar el presupuesto para becas previsto en la ley de financiamiento universitario aprobada en el Congreso de la Nación en agosto de 2025.
Así lo hizo al rechazar el recurso extraordinario que había presentado el Gobierno contra el fallo de la Cámara Contencioso Administrativo Federal que había convalidado como medida cautelar el pago.
En la práctica, el fallo de la Corte deja firmes aspectos similares a los que acordaron el Gobierno y los rectores en un acta del 10 de junio último, cuando se pusieron de acuerdo sobre los aumentos salariales, aunque el sector universitario no desistió de sus reclamos por el cumplimiento efectivo de la ley votada en el Congreso.
Sin embargo, subsisten diferencias entre lo que dice el texto de la ley, que ahora debe aplicarse, y el acta de recomposición salarial acordada entre los rectores, los gremios y el Gobierno.
El fallo de hoy obliga a cumplir con los artículos 5 y 6 de la Ley de Financiamiento Educativo, que obliga a pagar actualizaciones salariales desde 2023 a la fecha y de las Becas Progresar.
Sin embargo, el acuerdo salarial firmado se refiere a una recomposición menor y a las Becas Manuel Belgrano, que son diferentes a las anteriores.
El fondo del juicio —es decir, si es constitucional o no el decreto que suspende la ejecución de la ley de financiamiento universitario— se está discutiendo en un juzgado de primera instancia, que está próximo a resolver.
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