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La Cámara de Casación sobreseyó a la esposa de José López en el caso por la fortuna oculta en el convento

Última actualización: 15 de octubre de 2026 11:49 am
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La Cámara Federal de Casación Penal sobreseyó por prescripción a la esposa del exsecretario de Obras Públicas José López, condenado por enriquecimiento ilícito por su fortuna de 10 millones de dólares oculta en bolsos en un convento de General Rodríguez hace diez años.

El fallo fue dictado por los jueces de la Sala II de la Cámara Federal de Casación, Angela Ledesma y Javier Carbajo, por mayoría. En disidencia, el juez Gustavo Hornos se pronunció por declarar imprescriptibles los casos de corrupción de funcionarios.

José López declara en los tribunales de Comodoro Py por la causa los Cuadernos de las Coimas. La abogada de José López al llegar a los tribunales

Los camaristas Ledesma y Carbajo resolvieron hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa de María Amalia Díaz y, en consecuencia, declarar extinguida la acción y dispusieron su sobreseimiento.

Hornos propuso rechazar el recurso y sostuvo que “en base a la más ajustada y adecuada interpretación teleológica y finalista de nuestra Constitución Nacional los graves delitos dolosos contra el Estado que conlleve enriquecimiento atentan contra el sistema democrático y, en consecuencia, son imprescriptibles”.

Diego Barretaveña y Gustavo Hornos. POLITICA Jura de los jueces Pablo Yadarola y Pablo Bertuzzi en Comodoro Py. 3 de septiembre 2026 Ricardo Pristupluk

El hecho investigado había ocurrido en la madrugada del 14 de junio de 2016, cuando López, exsecretario de Obras Públicas entre 2004 y 2015, fue detenido en un monasterio de General Rodríguez.

Un vecino lo vio mientras intentaba ocultar bolsos que contenían más de 9 millones de dólares, fajos de euros, yenes, relojes de alta gama y un fusil automático.

El nombrado había sido secundado por Díaz, su esposa durante más de 25 años, quien había mantenido comunicaciones con el convento para coordinar la entrega del dinero.

En ese proceso, se logró el secuestro del teléfono celular de López, el cual posteriormente y en la causa Vialidad resultó de vital importancia para acreditar el “plan limpiar todo” y así disponer severas condenas a funcionarios públicos, entre ellos la de Cristina Kirchner.

La mayoría del tribunal dijo que la acción penal seguida a Díaz se encontraba extinguida por prescripción y dispuso su sobreseimiento.

El convento donde el exfuncionario José López tiró los bolsos con millones de dólares Ricardo Pristupluk – LA NACION

Para la jueza Ledesma, la cuestión central era establecer si la condena a Díaz había quedado firme. Díaz fue condenada en junio de 2019 como partícipe secundaria de enriquecimiento ilícito. En 2021, Casación anuló la pena y devolvió la causa al tribunal oral para que fijara una nueva. La defensa fue en queja a la Corte Suprema, que el 1° de junio de 2023 la desestimó porque no se dirigía contra una sentencia definitiva. El Tribunal Oral Federal 1 entendió que con ese rechazo la condena quedaba firme.

Ledesma sostuvo lo contrario: la Corte no declaró inadmisible el recurso por razones de fondo, sino porque la sentencia estaba incompleta, ya que todavía faltaba fijar la pena. Por eso el fallo nunca adquirió firmeza. Y por eso declaró prescripto el caso.

El juez adhirió al voto de Ledesma “en las particulares circunstancias del caso” y “a fin de conformar mayoría”.

Hornos, en cambio, destacó que “el juzgamiento eficaz de los hechos debe ser asegurado a los efectos de conocer la verdad, de restaurar la justicia, de restablecer el equilibrio y, en su caso, de recuperar para la comunidad los activos obtenidos o utilizados en la comisión de delitos socialmente dañosos”.

Por eso, el juez Hornos enfatizó que quien comete un grave delito doloso contra el Estado que haya conllevado enriquecimiento atenta contra el sistema democrático, socava los cimientos mismos del Estado de Derecho y afecta seriamente su orden económico y financiero.

Y, por tal motivo, declarar la extinción de la acción penal en este caso implicaría un acto jurídico opuesto a los principios fundamentales de la Constitución Nacional.

El convento de General Rodríguez donde detuvieron a José López Ricardo Pristupluk – LA NACION

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