Cada vez que aparece una tecnología nueva, el reflejo es el mismo: regularla. No importa si se trata de internet, de las redes sociales o, ahora, de la inteligencia artificial. La secuencia es previsible. Primero, el entusiasmo; luego, el temor y finalmente la regulación.
La discusión actual sobre la IA no escapa a esa lógica. Se propone crear un marco normativo para garantizar la privacidad, evitar la discriminación algorítmica y proteger a los usuarios. El objetivo es, por supuesto, loable. Pero el instrumento elegido vuelve a ser el de siempre: una autoridad administrativa y un registro obligatorio de sistemas de inteligencia artificial.
Es difícil imaginar una respuesta más clásica —y más ineficaz— frente a un fenómeno dinámico y global. La IA evoluciona a una velocidad que vuelve obsoletas las categorías jurídicas antes incluso de que se logre sancionar una norma. Regularla con herramientas administrativas tradicionales equivale a intentar ordenar el tráfico aéreo con señales de tránsito.
Pero hay algo aún más familiar: la creación de un registro. En la Argentina, el registro aparece como solución universal. Por eso hay registros de operadores,de proveedores y de sistemas.
La experiencia indica que estos mecanismos rara vez cumplen el objetivo prometido. Generan, sí, una nueva carga administrativa, obligan a completar formularios, producen informes y transmiten una sensación tranquilizadora de control. Pero no evitan los riesgos que dicen conjurar.
La IA no se vuelve menos peligrosa porque un sistema haya sido inscripto en un registro. Tampoco más transparente. Ni más verificable. La inscripción no sustituye el análisis técnico ni el control efectivo.
Existe, además, un problema conceptual. La regulación parte de la premisa de que la IA es un objeto delimitable: algo que puede identificarse, catalogarse y registrarse. Pero no es un producto único. Es un conjunto de herramientas, procesos y modelos que cambian constantemente. Pretender encuadrarlos en una definición normativa rígida implica congelar un fenómeno esencialmente dinámico.
La consecuencia suele ser paradójica. La regulación queda rápidamente desactualizada, pero el registro permanece. Así, el derecho termina administrando categorías que ya no describen la realidad tecnológica que pretendía ordenar.
Nada de esto significa que la IA no plantee riesgos reales. Los plantea, y de gran magnitud. Pero el problema no es la ausencia de regulación, sino la ilusión de que una regulación formal, basada en registros y autoridades administrativas, puede resolverlos.
El derecho ya dispone de herramientas aplicables: responsabilidad civil, protección de datos personales, defensa del consumidor y competencia desleal. La cuestión no es crear nuevas estructuras burocráticas, sino aplicar con inteligencia las existentes.
Regular puede ser necesario. Registrar, casi nunca. Porque cuando el derecho responde a la innovación con más papeleo, el resultado no suele ser mayor protección, sino una ilusión de control. Y las ilusiones regulatorias, como la IA, también aprenden rápido.

