Los contribuyentes que deban realizar el trámite de recategorización del monotributo cuentan con una ventana temporal precisa para gestionar las modificaciones necesarias al régimen impositivo.
Para ello es preciso saber que el trámite se concreta mediante el sitio oficial de ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero), donde también figura el nuevo cuadro de categorías y valores del monotributo a partir de agosto.
Hasta cuándo se hace el trámite de recategorización del monotributo
Los monotributistas deben estar atentos al trámite para la segunda recategorización de 2026, una gestión que deberá realizarse hasta el miércoles 5 de agosto.
Para saber si corresponde o no un cambio de escalón deberá analizarse, por un lado, de cuánto fue la facturación entre julio de 2025 y junio de este año y, por el otro, el rango de los ingresos admitidos para estar en cada categoría de la tabla, con los nuevos montos que publicará el sitio oficial.
Quiénes deben recategorizarse en el monotributo
La recategorización es la evaluación que deben realizar los monotributistas para verificar si continúan en la misma categoría o si corresponde cambiarla, según su actividad.
Si los parámetros de la actividad superan o resultan inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización.
Para ello, es necesario considerar si hubo cambios en alguno de los siguientes parámetros:
En el caso de ser necesaria la recategorización, el contribuyente debe ingresar con clave fiscal al apartado “Monotributo” y realizar la modificación.
Si no se realiza ninguna acción, el sistema entiende que no hubo cambios y el contribuyente permanece en la misma categoría.
Los pasos para recategorizarse en el monotributo
Los períodos de recategorización son cada seis meses, en febrero y agosto, y se debe evaluar la actividad de los últimos 12 meses.
Cuánto se pagará de monotributo a partir de agosto 2026
A continuación aparecen los valores exactos para las cuotas del octavo mes del año, teniendo en cuenta la actualización del 16,8%.
| Categoría | Cuota a partir de agosto |
|---|---|

