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Diario Plural San Juan > Nacionales > Elisa Carrió pidió al juez Ramos Padilla suspender las designaciones de Lijo y García-Mansilla: «Viola la Constitución Nacional»
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Elisa Carrió pidió al juez Ramos Padilla suspender las designaciones de Lijo y García-Mansilla: «Viola la Constitución Nacional»

Última actualización: 11 de marzo de 2025 8:56 pm
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A través de una presentación judicial en el juzgado de Alejo Ramos Padilla para pedir ser amicus curie (amiga del tribunal), la exdiputada Elisa Carrió denunció que el decreto de Javier Milei que nombró miembros de la Corte Suprema a Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla es «inconstitucional y nulo de nulidad absoluta e insanable».

Ramos Padilla, como juez subrogante del juzgado 2 de La Plata, acumula tres pedidos de medidas cautelares para suspender y luego eventualmente declarar inconstitucional el decreto 137 de Milei, desde hace dos semanas. Un cuarto pedido de amparo, presentado por Poder Ciudadano y otras organizaciones de la sociedad civil, fue acumulado por Ramos Padilla a la causa principal.

La ONG CEPIS, la primera en pedir la cautelar, notificó este martes al Gobierno que tiene plazo hasta el viernes para justificar los alcances del decreto 137 lo que supone que Ramos Padilla no va a aceptar el amparo hasta, por lo menos, ese día aunque ya consideró que se trata de un caso de «gravedad constitucional».

En 2016, Ramos Padilla aceptó en 48 horas una cautelar contra un decreto de Macri que había designado a Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz en comisión que luego el mismo gobierno anuló y logró los votos para que sean nombrados a través del Senado.

En los últimos días, tras negociar a través de terceros con el gobierno de Milei la designación de jueces de la Corte, la ex presidenta Cristina Kirchner ordenó sus senadores oponerse a los pliegos de Lijo y García-Mansilla, a pesar de que éste último juró la semana pasada como juez en comisión.

En su presentación, Carrió afirmó que “la designación realizada por decreto viola de manera directa la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional y los principios esenciales del sistema republicano, como la independencia judicial y la división de poderes”.

“La Constitución establece un procedimiento especial y reforzado para designar a los jueces de la Corte Suprema, que exige acuerdo del Senado por dos tercios de los miembros presentes en sesión pública.

En cambio, Milei usó una norma excepcional que permite cubrir provisoriamente otros cargos, como embajadores o jefes militares, solo cuando la vacante ocurre durante el receso legislativo”, afirma la dirigente de la Coalición Cívica en su presentación. “Por ello, no es aplicable a la Corte Suprema, cuyos miembros deben ser designados mediante el procedimiento constitucional específico”, agregó.

Carrió también advirtió que los antecedentes citados en el decreto presidencial son anteriores a la reforma de 1994, salvo el caso de los jueces Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, quienes asumieron luego de recibir el acuerdo del Senado.

“La interpretación de la Constitución Nacional debe ser armónica, donde las normas no se contradicen, sino que se complementan. Por tanto, cualquier interpretación debe hacerse a la luz de ese nuevo marco constitucional, que impide utilizar ese mecanismo para nombrar jueces de la Corte Suprema”, señaló la titular de la Coalición Cívica..

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“La propia Corte Suprema de Justicia de la Nación ha declarado como inconstitucionales a mecanismos similares en fallos denominados ‘Aparicio’ y ‘Uriarte’, rreafirmando que la independencia judicial no admite grados ni excepciones”, concluyó.

Milei había firmado el decreto para nombrar en comisión durante todo el año legislativo a Lijo y a García Mansilla como ministros de la Corte Suprema. El mismo estableció que ambos entrarían en funciones de manera inmediata y por el máximo de un año, el tiempo límite autorizado para un nombramiento en comisión.

Si bien García Mansilla ya firmó su ingreso, Lijo todavía no lo hizo ya que los propios supremos rechazaron la posibilidad de que se tome una licencia en el juzgado federal que administra durante el tiempo que le toque integrar el máximo tribunal.

El senado es quien debe definir el destino de ambos magistrados, aceptando o rechazando los pliegos. Mientras tanto, La nominación de Lijo ya tiene dictamen en la comisión de Acuerdos. A la de García-Mansilla, en cambio, le falta una firma.

Ramos Padilla ya tenía en su escritorio otras presentaciones judiciales para rechazar el nombramiento vía decreto de ambos jueces. Son de la ONG Asociación Civil Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), del Observatorio de Derechos a la Ciudad y de un particular.

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