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El Gobierno habilitó el uso de ingredientes para cosmética que antes estaban prohibidos

Última actualización: 22 de mayo de 2026 8:27 am
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El Gobierno liberó el uso de una serie de ingredientes para productos cosméticos, de higiene personal y perfumes que hasta el momento estaban prohibidos por falta de inscripción correcta en el país. A través de la Disposición 2601/2026 publicada en el Boletín Oficial de este jueves, se habilitó la comercialización y la utilización de tres tipos de ácidos: el azelaico, el peróxido de benzoílo y la hidroquinona.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, compartió la medida en sus redes y dio más detalles sobre qué motivo la decisión. “Menos prohibiciones absurdas en cosmética”, celebró en su cuenta de X.

“La Argentina prohibía el uso de algunos ingredientes en la cosmética que el mundo entero usa hace décadas: el ácido azelaico (acné, rosácea y manchas y productos capilares), el peróxido de benzoílo (el antiacné más usado del planeta) y la hidroquinona para manchas. Todos se venden sin receta en Estados Unidos“, justificó.

El posteo de Federico SturzeneggerX

Para cerrar, Sturzenegger sumó: “La Disposición 2601/26 —con firma de Luis Fontana, presidente de Anmat— libera el uso de estos ingredientes. Como dijimos muchas veces: un país normal no le prohíbe a su gente lo que el mundo usa todos los días. ¡VLLC!“.

Ahora se estableció un plazo de 12 meses para la adecuación. “Los productos de higiene personal, cosméticos y perfumes deben ser seguros bajo las condiciones normales o previsibles de uso. Además, es necesaria la actualización periódica de las listas de sustancias de uso en cosméticos (…)“, aclaró el anexo que acompaña al comunicado del Gobierno, firmado por el Mercosur.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) había suspendido recientemente en todo el país la comercialización, uso, distribución y publicidad de una decena de productos cosméticos que declaraban tener ácido azelaico, pero no contaban con la inscripción sanitaria en el organismo.

Esto alcanzaba a diferentes cremas, sueros y emulsiones de reconocidas marcas internacionales y nacionales, como The Ordinary, Paula’s Choice, Viva Dermo Skincare, Nine Less y Cos de Baha.

La Anmat consideraba que los productos representaban un «riesgo potencial para la salud»

De acuerdo con la normativa vigente, la elaboración, importación y comercialización de cosméticos solo podía realizarse en establecimientos habilitados y con productos registrados ante la Anmat, bajo la supervisión de un profesional universitario matriculado. Cabe señalar que la Ley 16.463 prohíbe la circulación y distribución de productos impuros o ilegítimos, mientras que la resolución 155/98 establece los requisitos de autorización sanitaria.

Por otro lado, el organismo había advertido que la falta de inscripción impide “garantizar la eficacia, seguridad y formulación de los productos involucrados”, por lo que representan un “riesgo potencial para la salud de los consumidores”.

En su momento, la lista de productos que habían prohibido incluía:

A partir de la nueva medida del Gobierno, estos productos podrán comercializarse en todo el país.


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