El Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección de Inspección General de Personería Jurídica, informó el procedimiento para realizar la rúbrica de libros en asociaciones civiles. El trámite resulta obligatorio para garantizar la validez administrativa y contable de las organizaciones sin fines de lucro.
La rúbrica de libros permite habilitar formalmente los registros contables y administrativos de las entidades. También posibilita la reposición de libros extraviados, deteriorados o finalizados, fortaleciendo la transparencia institucional y el orden jurídico.
Para nuevas asociaciones civiles, se debe presentar una nota dirigida al inspector general solicitando la rúbrica e indicando el domicilio de la sede social. Además, deberán presentarse los libros obligatorios correctamente rotulados.
Entre los libros requeridos figuran el de actas de asambleas generales, actas de comisión directiva, registro de asistencia, registro de socios, libro caja o diario e inventario y balance. Cada libro debe abonar 36 unidades tributarias.
En casos de reposición por extravío o finalización, las entidades deberán presentar una nota justificando el motivo. También deberán acompañar los libros anteriores, excepto en casos de pérdida.
Si existiera extravío, será obligatorio adjuntar el certificado policial correspondiente. Los nuevos libros deberán estar rotulados y listos para rubricar.
El trámite debe realizarse en la Mesa de Entradas de la Inspección General de Personería Jurídica, ubicada en Santa Fe 58 Oeste, segundo piso, núcleo dos, con toda la documentación requerida.
Desde el ministerio destacaron que avanzar en la regularización administrativa fortalece las instituciones civiles y brinda mayor seguridad jurídica a las organizaciones de la provincia.

