• Radio Red de Medios 89.3 en VIVO
  • Radio Rivadavia 89.7 MHZ San Juan
  • San Juan
  • Nacionales
  • Mundo
  • Opinión
Diario Plural San Juan
Diario Plural San JuanDiario Plural San Juan
Redimensionador de fuentesAa
Search
¿Ya tiene una cuenta? Iniciar sesión
Síguenos
© 2022 Foxiz News Network. Ruby Design Company. All Rights Reserved.
Diario Plural San Juan > Uncategorized > Cómo realizar gratis el trámite de “bien de familia” para mi casa
Uncategorized

Cómo realizar gratis el trámite de “bien de familia” para mi casa

Última actualización: 5 de noviembre de 2024 12:38 pm
Compartir
7 Lectura mínima
COMPARTIR

En medio de un contexto en el que la inestabilidad económica puede generar deudas inesperadas, existe una posibilidad que garantiza la protección de la propiedad familiar ante posibles embargos. Este derecho, antes conocido como “bien de familia”, denominado ahora “Afectación al Régimen de Protección de Vivienda”, es una herramienta clave que permite el Código Civil y Comercial a las familias para asegurar su hogar frente a eventuales conflictos financieros.

Pero, ¿cómo hago para proteger mi casa contra deudas? Para responder a esta pregunta, este sábado 9 de noviembre, el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires llevará a cabo la segunda edición del 2024 de su campaña “Cuidá lo Tuyo”, por medio de la cual se brinda asesoramiento gratuito a los vecinos porteños en temas de interés jurídico notarial en la Rural de Palermo.

Allí, de 10 a 13, los vecinos de la Ciudad podrán acceder, sin costo alguno, a información esencial sobre trámites y procesos notariales para proteger las propiedades. Uno de los servicios destacados será la posibilidad de realizar el trámite de “Afectación al Régimen de Protección de la Vivienda”, conocido anteriormente como “bien de familia”. Esta figura jurídica, que cambió su denominación con el nuevo Código Civil y Comercial en 2015, ofrece mayores beneficios y garantiza la protección del hogar, asegurando el resguardo familiar ante posibles imprevistos.

Hay que tener en cuenta que, al hacer este trámite con un escribano de forma particular, los honorarios no pueden exceder el 1% del valor fiscal del inmueble, sumando un mínimo de honorarios de aproximadamente de $136.000 más IVA, y unos $17.210 en gastos adicionales. Pero, al hacerlo en el Registro de la Propiedad Inmueble es sin costo.

“Estar cerca de la comunidad es un compromiso que tenemos desde siempre y realizar las protecciones de la vivienda familiar es un hecho fundamental para asegurar el techo y dar una instancia más de seguridad a la sociedad”, sostuvo el presidente del Colegio de Escribanos, Jorge De Bártolo.

Durante la jornada, los escribanos presentes responderán consultas sobre una amplia gama de temas, que incluyen compraventas, donaciones, herencias, directivas anticipadas de salud, autorizaciones y poderes, certificaciones, actos de autoprotección, y reglamentos de copropiedad. La meta es ofrecer a los vecinos información clara y útil para tomar decisiones fundadas en el ámbito jurídico.

La «Afectación al Régimen de Protección de Vivienda”, es una herramienta para asegurar la propiedad frente a eventuales embargosHernán Zenteno – LA NACION

Se trata de una herramienta clave a la hora de proteger la propiedad ante eventuales embargos. Es decir, que si una persona es propietaria de un bien de familia, no se le va a poder quitar el inmueble ante deudas pendientes.

Pero, para que el inmueble sea considerado dentro de este marco legal debe cumplir una serie de requisitos: que la propiedad esté destinada a la vivienda familiar, es decir que no puede utilizarse con fines comerciales ni de alquiler; además, solo se puede tener uno por persona y debe ser la vivienda principal.

Sin embargo, existen casos en los que este blindaje no aplica, como por ejemplo: deudas que afecten directamente al bien como por impuestos y tasas, expensas, hipotecas o créditos para la construcción. Pero también, es necesario aclarar que en el caso de que el titular tenga deudas por obligaciones alimentarias por sus hijos tendrá que responder por esas deudas con la propiedad.

El titular registral de dominio o todos los condóminos en caso de que el inmueble se encuentre registrado a nombre de dos o más personas.

Quienes quieran afectar un bien tendrán que presentar:

Es importante conocer que para vender una propiedad afectada al régimen de Protección de la Vivienda, se debe desafectar previamente. Además, hay que tener en cuenta que este tipo de viviendas suele ser rechazada como garantía para un alquiler, a menos que se desafecte para poder firmar el contrato de locación. Pero, existe una alternativa poco conocida que trae soluciones a ese inconveniente: la posibilidad de utilizar una propiedad que este afectada al régimen de protección de la vivienda (ex bien de familia) sin tener que desafectarla y que resulta beneficiosa para todas las partes.

Las propiedades que son «bien de familia» suelen ser rechazada como garantía para un alquiler

“Es manifestación del titular del inmueble que está afectado a la protección, mediante escritura, donde deja constancia que no va a oponer esta protección frente a cualquier reclamo, judicial o extrajudicial, por el contrato de locación que garantiza”, detalla la escribana Magdalena Tato, secretaria del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.

Es decir, se debe redactar un acta de manifestación que declare la inoponibilidad del locador para que este exento del no embargo por deudas, por lo que, “es el único que lo puede atacar”. Esto quiere decir que no se anula la protección pero se convierte en ineficaz ante determinadas personas, en este caso del locador.

¿A quiénes beneficia?

Esta alternativa abarca los casos en que una persona quiera ser garante, pero el inmueble que posee está afectado al régimen de protección de la vivienda. “Es muy común que suceda que un hijo quiera vivir solo, la única garantía que puede ofrecer es la casa de sus padres, y se genera el problema, porque para eso deben desafectar y el inmueble queda desprotegido”, comenta la escribana Vanesa Sepliarsky. Entonces, con esta opción, “no es necesario desafectar del Régimen de Protección de la Vivienda”.

LA NACION

Conforme a los criterios de
Comparte este artículo
Facebook Whatsapp Whatsapp Correo electrónico Copiar enlace
Leave a Comment

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Sigue leyendo...

Uncategorized

Desbarataron una banda que asolaba Pilar y se quedó con 85 caballos

EscucharLa policía bonaerense logró desbaratar una banda que robaba caballos en la zona de Pilar. Hace al menos 90 días…

5 Lectura mínima
Uncategorized

Las profecías del ministro zen y un creciente temor entre empresarios locales

EscucharQuienes conocen a Luis Caputo sostienen que el ministro de Economía se maneja como si fuese a quedarse hasta el…

15 Lectura mínima
Uncategorized

Victoria Villarruel acusó a Cristina Kirchner de «instalar la división, el revanchismo y el resentimiento»

Victoria Villarruel cuestionó a Cristina Kirchner con un furioso mensaje en la red social X, después de que la expresidenta…

5 Lectura mínima
Uncategorized

Eduardo Elsztain adquirió el 12,7% de una minera canadiense

Eduardo Elsztain expande sus operaciones en la industria minera. El dueño de IRSA, la principal desarrolladora inmobiliaria de la Argentina,…

6 Lectura mínima
Diario Plural San Juan

© Pagina desarrollada por Estracom

Welcome Back!

Sign in to your account

Username or Email Address
Password

¿Ha perdido su contraseña?