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Menos participación ciudadana: el Gobierno modificó el proceso de los jueces que quieren seguir en el cargo después de los 75 años

Última actualización: 14 de agosto de 2026 5:45 pm
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El Gobierno oficializó esta semana el reglamento para el nombramiento de jueces que superen los 75 años, a través de la Resolución 384/2026, firmada por el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques. Se publicó el miércoles en el Boletín Oficial.

La nueva reglamentación, que deja sin efecto la anterior de Mariano Cúneo Libarona, exige que los magistrados que quieran seguir en funciones presenten algunos requisitos más. Pero, como modificación troncal, barre de la parte administrativa, previa al envío del pliego, a una serie de organizaciones que estaban autorizadas a presentar objeciones o comentarios sobre el postulante.

La resolución centraliza esa parte del trámite solo en el Ministerio de Justicia.

El ministro de Justicia Juan Bautista MahiquesPrensa AM

Fuentes de la Casa Rosada alegaron que la nueva normativa para los magistrados de más de 75 años va en línea con el Decreto 467/2026, publicado el 16 de junio, que eliminó instancias de participación ciudadana también para el proceso de selección de integrantes de la Corte Suprema, la Procuración General y la Defensoría General de la Nación.

El Gobierno argumentó que esta etapa previa duplicaba el proceso, porque la participación ciudadana se mantiene vigente luego en el Senado.

En el caso de los magistrados de más de 75 años, fuentes oficiales alegaron exactamente lo mismo.

En la Argentina, los jueces y magistrados del Ministerio Público que alcancen los 75 años y quieran seguir en funciones deben conseguir un nuevo nombramiento por parte del Poder Ejecutivo, que después remitirá nuevamente su nombre al Senado para que preste acuerdo.

En ese procedimiento, antes los requirentes debían presentar sus antecedentes profesionales, la declaración jurada patrimonial y un certificado expedido por el Consejo de la Magistratura o por los Tribunales de Enjuiciamiento, que informara si el postulante a continuar en el cargo tenía sanciones disciplinarias y si existían solicitudes de jury de enjuiciamiento o de remoción del cargo en trámite en su contra.

Ahora, a eso tendrán que sumar el DNI, el título universitario y el currículum vitae que contenga los antecedentes profesionales del magistrado.

Además, el Ministerio de Justicia deberá solicitar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) que, preservando el secreto fiscal, elabore dentro de los cinco días de recibida la solicitud un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones impositivas y previsionales del magistrado. Esto se determinó de igual manera en el Decreto 467 para los postulantes a la Corte, la Procuración y la Defensoría General.

Pero el cambio más fuerte es que, bajo el viejo reglamento, desde el día de publicación en el Boletín Oficial y por el término de cinco días hábiles, la sociedad civil, los colegios profesionales, las asociaciones que nuclean a sectores vinculados con el quehacer judicial, de los derechos humanos y otras organizaciones que por su naturaleza y accionar tuvieran interés en el tema podían hacer llegar al Ministerio de Justicia “observaciones, objeciones, posturas y demás circunstancias e interés” con relación al magistrado de más de 75 años solicitante. A eso, debían sumar una declaración jurada de su propia objetividad respecto de los profesionales en cuestión.

Ahora, esa parte es más corta. El Gobierno barre a las organizaciones y ya no forman parte del proceso previo al envío del pliego. La instancia de participación ciudadana queda solo en el Senado.

El Ministerio de Justicia, para darle difusión a la solicitud, simplemente deberá publicarla en el Boletín Oficial durante un día, con una referencia a la página web en la que cualquier interesado podrá consultar el currículum del magistrado solicitante.

En tanto, con eso y el informe de ARCA, el ministerio ya está en condiciones de elevar las actuaciones al Presidente, para que remita el pliego a la Cámara alta.

Según justifica el Gobierno en la normativa, la decisión busca “armonizar el procedimiento” con el régimen vigente y “simplificar su tramitación administrativa”.

El nuevo reglamento está a tono con el Decreto 467/2026, que derogó el artículo que permitía a la ciudadanía, universidades y ONG presentar durante 15 días objeciones o apoyos a los candidatos para la Corte, la Procuración y la Defensoría General antes de enviar los pliegos al Senado.

Durante la gestión Mahiques, el caso más conocido respecto de un magistrado de 75 años que quiso renovar su cargo fue el de su padre, el camarista Carlos Mahiques. El ministro, con aval de Javier Milei, mandó ese pliego para que su familiar siga en funciones y consiguió sin mayores problemas los dos tercios de acuerdo de la Cámara alta.

Por el contrario, el Consejo de la Magistratura abrió el concurso para designar un reemplazante para el juez de la Cámara Federal Martín Irurzun, que cumplió 75 años en julio pasado. No porque Irurzun no quiera renovar su cargo. El juez batalla en la Corte Suprema de Justicia para que lo habiliten, luego de que el Gobierno decidiera no enviar su pliego al Senado.


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