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¿Qué pasa si la Argentina no cumple con el fallo?

Última actualización: 18 de julio de 2025 12:04 pm
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La orden de la Justicia de Estados Unidos para que la Argentina entregue el 51% de las acciones de YPF a los fondos que demandaron al país reactivó una pregunta clave: ¿qué pasa si el Estado no cumple con el fallo?

Por ahora, la Cámara de Apelaciones de Nueva York dispuso una suspensión administrativa y temporaria de la medida dispuesta por la jueza Loretta Preska, del tribunal del Distrito Sur (primera instancia). Hoy, el fondo Burford Capital presentará sus argumentos para que se levante la suspensión.

La defensa del Estado argentino, en tanto, hará lo propio el próximo martes, pero con el objetivo de que se mantenga vigente hasta que se resuelva la cuestión de fondo. Es decir, hasta que se lleve adelante la apelación al fallo de primera instancia que ordenó a la Argentina pagar una indemnización de US$16.100 millones a los fondos Burford —que compró en España el derecho a litigar en la quiebra de las empresas Petersen— y Eton Park.

Ese proceso se lleva adelante en paralelo también ante la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York. Las tres partes involucradas —YPF, el Estado argentino y los fondos demandantes— presentaron sus escritos. Ahora, resta que se designen los tres jueces que resolverán la apelación y que se fije la fecha de la audiencia oral, que podría conocerse en las próximas semanas.

A diferencia de lo que sucede en la Argentina, en Estados Unidos una sentencia no queda automáticamente suspendida cuando se apela. El juez debe decidir si otorga o no esa suspensión. Por eso, Burford y Eton Park solicitaron cobrar de inmediato el fallo. Como la Argentina se negó, pidieron a la jueza Preska que se exija una garantía de cumplimiento. La magistrada accedió y ordenó entregar las acciones en manos del Estado argentino.

“Incumplir esa orden tendría un impacto reputacional, sobre todo ahora que el gobierno de Javier Milei busca volver a los mercados internacionales de deuda, aunque no tendría consecuencias prácticas inmediatas”, explicaron los abogados José Ignacio Hernández y Juan Ignacio Carranza, de la consultora Aurora Macro Strategies, con sede en Nueva York.

Por ahora está suspendida la orden que obliga al Estado argentino a entregar el 51% de las acciones de YPFLUIS ROBAYO – AFP

“El tribunal del Distrito Sur no cuenta con mecanismos prácticos para forzar la entrega de las acciones de YPF, que están bajo jurisdicción extranjera. Eso limita el alcance legal de una eventual ejecución”, agregaron. Las acciones de YPF están registradas en la Caja de Valores de Buenos Aires, por lo tanto, no se trata de activos que están en Estados Unidos.

Esta mañana, la consultora organizó un seminario virtual para analizar las implicancias legales, políticas y financieras del caso YPF, bajo el título: “La Argentina e YPF: la ejecución de la deuda soberana entra en una nueva fase”.

Durante el encuentro, los abogados señalaron que no creen que el Estado argentino entregue las acciones de YPF en ningún escenario. Primero, porque el tribunal estadounidense no puede forzarlo; y segundo, porque YPF es considerada estratégica para el país, tanto por su rol en el sector energético como por su capacidad de generar divisas.

Sin embargo, reiteraron que el desacato podría afectar el camino de regreso de la Argentina a los mercados de crédito internacionales.

Tampoco ven margen para una negociación con los fondos litigantes. Según los analistas, el Gobierno tiene expectativas de que la Cámara reduzca el monto de la sentencia de primera instancia.

“No veo a la Argentina interesada en llegar a un arreglo. Por ahora, gana tiempo para que el programa económico avance. Y si se abre una negociación, no creo que las acciones de YPF estén sobre la mesa. El país necesita dólares para sostener su modelo económico, financiar el déficit de cuenta corriente, y el sector energético cumple un rol estratégico”, señaló Carranza.

Hernández agregó que el Gobierno tampoco mostró voluntad de negociar en el caso por la deuda en default en 2001, donde también tiene una sentencia firme. “Ni siquiera quiso hacerlo con el fondo Bainbridge, al que se le deben US$100 millones. En ese caso, Preska también habilitó el pago con acciones de YPF, pero la Argentina no aceptó”, recordó.

Antonio Brufau, exCEO de Repsol, y Enrique Eskenazi, de Grupo Petersen, al finalizar la compra de acciones de YPF en mayo de 2011Archivo

Entre los participantes del seminario estuvo el abogado Enrique Bruchou, fundador del estudio que lleva su nombre (aunque dejó el buffet hace un mes), quien pidió la palabra para hacer una consulta.

“La Unidad de Información Financiera (UIF) emitió un informe sobre la presunta adquisición criminal de acciones de YPF por parte de los Eskenazi, en asociación con los Kirchner. Hablé sobre esto con dos exfuncionarios de alto rango de la división criminal del Departamento de Justicia de Estados Unidos, y me dijeron tres cosas”, relató.

“Primero, que el Departamento de Justicia tiene jurisdicción para investigar ese delito, ya que las acciones de YPF están registradas ante la SEC y cotizan en la Bolsa de Nueva York. Segundo, que si determina que hay mérito y abre una investigación penal, puede notificar a la jueza Preska y al Tribunal de Apelaciones, que deberían suspender el proceso civil hasta que se resuelva la causa penal. Y tercero, que no entienden por qué ni este gobierno ni los anteriores impulsaron esa vía. Si fue una omisión deliberada, podría implicar responsabilidades legales para los funcionarios argentinos y sus asesores. ¿Qué opinan ustedes?”, preguntó.

Desde la consultora le respondieron que era una consulta frecuente. “La implicancia de los Eskenazi fue tratada en el Distrito Sur, pero el planteo fue desestimado. Si el Departamento de Justicia abre una causa penal, eso podría tener impacto en este proceso”, contestó Hernández.

Desde el Grupo Petersen, fundado por la familia Eskenazi, dijeron que la totalidad de la operación “cumplió con todos los requisitos de transparencia y regulación exigidos por los organismos de control de la Argentina (CNV), España (CNMV) y Estados Unidos (SEC), y se trata de información pública que sigue estando disponible para su consulta”.


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