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Nacionales

Otro fallo judicial contra la privatización del Banco Nación

Última actualización: 15 de marzo de 2025 7:19 am
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La Justicia volvió a poner un freno al intento del Gobierno de avanzar en la conversión del Banco Nación en una sociedad anónima, como paso previo a una eventual privatización. El juez Federal de La Plata Alejo Ramos Padilla, ratificó este viernes una medida cautelar dictada hace tres semanas y explicó que esa entidad bancaria “no se encuentra incluida” en el listado de organismos que pueden ser privatizados a partir de la denominada Ley de Bases (Nro 27.742) y por lo tanto tampoco tendría validez las disposiciones que se adoptaron a partir de esta medida con relación al banco.

El magistrado a cargo del Juzgado Nro 1 de la capital bonaerense intervino en un litigio iniciado por la Asociación Bancaria. Con esta decisión Ramos Padilla suspendió los efectos del Decreto 116/2025, que ordenaba la conversión del banco estatal en Sociedad Anónima y deja de ser “interina” para convertirse en una medida cautelar firme por seis meses.

Es que el 25 de febrero pasado, el mismo juez había resuelto «como medida cautelar interina la suspensión de los efectos del DNU 116/25 y ORDENAR al Estado Nacional y al Banco de la Nación Argentina que se abstengan de toda acción tendiente a su implementación».

En ese momento, Ramos Padilla requirió «a las autoridades públicas demandadas que, dentro del plazo de cinco (5) días, produzcan un informe que dé cuenta del interés público comprometido por la solicitud de medida cautelar efectuada por la actora en fecha 20/2/2025″.

En este nuevo dictamen al que accedió Clarín, el juez hace un repaso de todos los argumentos que presentó el área legal del Banco Nación y también del ministerio de Economía para justificar la decisión del gobierno de Javier Milei de iniciar un proceso que derivaría en la posibilidad de vender las acciones de la entidad en el mercado de capitaltes. De esta manera, dejaría de tener el manejo total de la administración del negocio como lo tiene en la actualidad.

El Banco Nación había quedado afuera del listado de entes gubernamentales que serían objeto de privatización. Fue, entre otras, una de los instrumentos de cambio que se usaron en el Congreso para conseguir los avales que permitieron votar, en julio de 2024, la denominada Ley de Bases.

Con esos elementos aportados por las partes en litigio la Justicia entendió que no se pudo acreditar que “el ente resulte deficitario, ni demostró el perjuicio concreto que produciría en los contribuyentes o en el funcionamiento del Estado”.

El secretario General de la Asociación Bancaria, Sergio Palazzo, fue uno de los que celebró –otra vez- la decisión del fuero federal: «¡Se hizo Justicia! Con alegría recibimos el fallo del Juez Alejo Ramos Padilla, que hizo lugar al pedido de medida cautelar. Es decir que la medida Cautelar Interina la transformó por estos primeros seis meses en medida cautelar! No pueden avanzar en la transformación en S.A. del BNA», escribió en la red social X, el dirigente gremial.

El 20 de febrero pasado, el Gobierno fijó la conversión del Banco Nación en el Decreto 116/2025, publicado en el Boletín Oficial de Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y el ministro de Economía, Luis Caputo.

El presidente del BNA, Daniel Tillard, llegó al mayor banco de la Argentina con el objetivo de avanzar en la transformación en una sociedad anónima, como es el Banco do Brasil.

Sin embargo, Ramos Padilla considera que con la transformación del ente, el Poder Ejecutivo “asumiría el riesgo de desproteger un activo de suma importancia para las arcas del Estado, que ha tenido un rol fundamental para mitigar crisis económicas y financiar el desarrollo agrícola, industrial y comercial del país, como más adelante se desarrollará, así como dejar de prestar funciones esenciales en materia de administración de fondos de jubilaciones y pensiones”.

En un escrito de más de 40 carillas, el juez federal platense desarrolla fundamentos basados en artículos de la Constitución Nacional, en fundamentaciones jurídicas de expertos y otras fuentes –incluso remite a la Constitución de los EEUU- para sostener su postura de que la estructura del BNA no puede ser modificada sin el aval y sin una ley específica del Congreso.

Sostiene que el Banco tiene una estructura jurídica y administrativa autárquica y con características especiales, no alcanzadas por el decreto 70/23 (el mega decreto que dictó Milei a los pocos días de asumir).

Fuentes judiciales explicaron que esta decisión podría ser apelada por el Gobierno. De esta manera, la posible modificación del estatus jurídico del BNA quedaría enredada en la madeja de los expedientes y modificaría los planes de Milei.

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