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Obligada por la Justicia, la Andis dispuso restituir 16.000 pensiones que había suspendido

Última actualización: 19 de septiembre de 2025 5:38 pm
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Tras recibir una orden judicial, la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) emitió una resolución que deja sin efecto la suspensión de cerca de 16.000 pensiones por invalidez laboral en la provincia de Formosa, que habían sido dispuestas en los últimos meses. Los beneficiados con la disposición tendrán un plazo de 90 días para presentar la documentación y cumplir con lo dispuesto por las auditorías.

La medida llegó un mes después de una resolución dictada el Juzgado Federal N° 2 de Formosa, a cargo de la jueza María Belén López Macé. Esa sentencia, que dio lugar a la medida cautelar solicitada por los damnificados, fue dictada el 19 de agosto y confirmada en segunda instancia a principios de septiembre por la Cámara Federal de Resistencia (que, además de Chaco, tiene competencia sobre la mencionada provincia vecina).

Concretamente, en la causa caratulada como “Defensoría del Pueblo de la provincia de Formosa y otros c/ Estado Nacional Agencia Nacional de Discapacidad s/ medida cautelar”, se le ordenó al Gobierno nacional dejar sin efecto “en el plazo de 24 horas” la medida de “retención y/o suspensión de las pensiones no contributivas por incapacidad laboral dispuestas en todo el territorio de la provincia de Formosa, liberando los fondos depositados en las entidades bancarias que se encuentran retenidos en las cuentas de los beneficiarios”.

La novedad de las últimas horas es que la dependencia oficial, hoy a cargo del interventor Alejandro Vilches, envió finalmente al juzgado una notificación con copia de la resolución que indica que se dará cumplimiento a la medida cautelar. La medida administrativa consta en el expediente judicial de la causa; está datada ayer, jueves 18 de septiembre, y lleva la firma de Vilches.

La resolución indica, entre otros puntos, que se le encomienda a la Dirección de Asignación de Apoyos Económicos y Liquidación la tarea de notificar a las personas sobre la restitución de los beneficios que, según la orden judicial, se seguirán percibiendo por tres meses, dando ese período de tiempo para hacer los trámites requeridos y regularizar la situación (es decir, cumplir con controles). Además, se resolvió comunicar la decisión a la Anses, para la reactivación de los pagos.

Alejandro Vilches, interventor de la Agencia Nacional de DiscapacidadSantiago oroz

La nota remitida a la Justicia por la agencia estatal pide que, al cumplirse lo sentenciado, se revoquen las astreintes (multas) que, por $100.000 diarios, habían sido establecidas por la mora en cumplir con lo dispuesto. Además de esa sanción, se había elevado una denuncia contra Vilches.

Se adjuntó, además, un anexo con 660 páginas, en las que constan los datos de las personas con pensiones suspendidas. El recurso judicial había sido interpuesto por la Defensoría del Pueblo de Formosa y un grupo de pensionados.

Con otras causas que están en trámite en otras jurisdicciones, las decisiones que se empiezan a conocer interfieren en los planes del Gobierno, que prevé que se reducirá el número de prestaciones luego un proceso de auditorías para detectar irregularidades, que es muy cuestionado por sus formas.

En Catamarca, por caso, hubo pocos días atrás también ya un fallo de segunda instancia que ordena una restitución colectiva de las prestaciones suspendidas en el territorio provincial. Según el proyecto de Presupuesto 2026, la intención de las autoridades nacionales es que durante ese año se reduzca de 1.133.549 a 977.943 el número de prestaciones.

Las pensiones no contributivas por invalidez son de un monto equivalente al 70% del haber mínimo del sistema previsional de la Anses. Este mes el importe es de $224.194, al que se suma el bono de $70.000 para totalizar $294.194, en tanto que en octubre será de $298.409, incluido el refuerzo, que seguirá congelado como desde marzo de 2024.

Las pensiones no contributivas por invalidez laboral son este mes de $294.194, incluyendo el bono de $70.000G. Soler Tomasella – Shutterstock

En el escrito con el cual habilitó la medida cautelar a favor de la reanudación de los pagos, la jueza López Macé señaló que hubo “irregularidades” en la manera en que se hicieron las auditorías.

Describió que quienes no asistieron a las revisiones, “ya fuera por no haber recibido la citación o por la imposibilidad material de concurrir en la fecha y hora asignadas”, hicieron reiteradamente consultas sobre “la eventual apertura de un segundo llamado” para presentar la documentación requerida, una oportunidad que, según la jueza, no se les otorgó.

Según la sentencia, a partir de julio de este año comenzaron a suspenderse los pagos, y los afectados se enteraban “únicamente al intentar percibir el haber y constatar la inexistencia de fondos en sus cuentas, viéndose súbitamente privados de su sustento económico diario”. También se indica que muchos fueron anoticiados de que debían ir a una sucursal del Correo Argentino a retirar una carta documento, que estaba escrita con “un lenguaje técnico jurídico inaccesible”, algo que hace difícil el derecho la defensa.

Para justificar la decisión de ordenar la restitución provisoria de los beneficios, la Justicia de Formosa evaluó que, dada toda la situación descripta, se les puso a personas en situación de vulnerabilidad “una carga desproporcionada para acceder a la información esencial vinculada con la continuidad de su sustento económico”. De hecho, se indica, muchos tuvieron que recurrir a abogados para comprender los requerimientos.

La decisión tomada en primera instancia había sido apelada por la Andis, que justo por aquellos días de agosto estaba en el medio de la tormenta, por la difusión de los audios en los que el extitular de la Agencia, Diego Spagnuolo, hablaba de supuestas coimas a funcionarios del Gobierno en los procesos de compra de medicamentos. De hecho, Spagnuolo dejó el cargo del 20 de agosto.

Pero el recurso oficial no tuvo respuesta favorable: la Cámara Federal de Resistencia ratificó el fallo de primera instancia. La sentencia en este caso evalúa que en la causa hay “una cuestión especial de salud involucrada” para los reclamantes.

“El cobro del beneficio previsional suspendido constituiría para los actores su medio de subsistencia destinado a alimentación, compra de medicamentos y demás gastos generales que hacen a una ‘vida digna’, la cual se va actualmente menoscabada” ante la imposibilidad de acceder a los fondos, concluye el escrito de las juezas.


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