Gustavo Monti volvió a comerse un batacazo jurídico: la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería de San Juan desestimó su recurso y ratificó el rechazo de su demanda por daños y perjuicios contra el periodista Osvaldo Benmuyal. Así, se mantiene firme la sentencia original que consideró sus acusaciones como parte del necesario juego de la libre expresión.
¿La razón? La Sala Primera —compuesta por los jueces Carlos Fernández Collado, Sergio Saffe Peña y Abel Soria— concluyó que los dichos de Benmuyal, proferidos en 2022, entran de lleno en el debate público. Monti había intentado borrar su trasfondo: cuestionó contratos estatales, patrimonio, vínculos con licitaciones y hasta la propiedad mediática de Monti. Pero la Cámara no tragó: entendió que esos señalamientos —aunque molestos para el demandante— no constituyen calumnias ni injurias.
El fallo, con voto principal del juez Soria, repasó punto por punto los agravios. Rechazó pedidos de nulidad, denuncias de arbitrariedad e impugnaciones de prueba. Además, desestimó que el apodo “gordo Monti” —usado al aire— mereciera sanción: lo consideró parte de un editorial crítico, no un insulto vejatorio.
Ese revés se suma a otros: Monti ya había perdido una demanda similar contra otro periodista —y hasta ahora, la Justicia parece evaluar sus pretensiones con guantes de boxeador, no con blandengues.
Mientras tanto, el empresario vuelve a aparecer en tribunales por otra causa: una denuncia por retención de una camioneta a un ex trabajador de su radio, aunque esa causa recién terminó en un acuerdo judicial con “trato VIP” incluido.
Con este fallo, la Justicia sanjuanina no sólo respaldó la libertad de expresión: también dejó en claro que cuando alguien quiere callar a un periodista con una demanda, no alcanza con sentirse ofendido: hay que probar malicia real. Y hasta ahora, Monti sigue coleccionando fracasos en los tribunales.

