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Diario Plural San Juan > Uncategorized > los puntos más cuestionados del polémico decreto de Javier Milei
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los puntos más cuestionados del polémico decreto de Javier Milei

Última actualización: 5 de septiembre de 2024 11:03 am
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Contents
Las principales restricciones del nuevo decretoUn párrafo menos

El decreto que dictó el presidente Javier Milei para reglamentar algunos aspectos de la Ley de Acceso a la Información Pública recibió numerosos cuestionamientos de especialistas y dirigentes políticos de la oposición porque se contrapone al espíritu de la normativa sancionada por el Congreso en el año 2016.

El Decreto 780/24 establece que el Gobierno podrá negar el acceso a información pública pedida por cualquier ciudadano cuando se trate de «datos privados» de los funcionarios.

También podrá negarse a dar información pública cuando su conocimiento pueda causar «daños y perjuicios», sean «documentos» previos a un acto de gobierno o haya «ausencia de interés público«, según la nueva normativa que publicó el lunes pasado el Poder Ejecutivo en el Boletín Oficial.

Además, incorpora la figura jurídica de «abuso del derecho», para que los funcionarios puedan perseguir judicialmente a las personas que no pidan información «de buena fe».

Y restringe el acceso a información pública de los ministerios de Defensa y Relaciones Exteriores.

Las principales restricciones del nuevo decreto

En primer lugar, el nuevo decreto limita el concepto de «información pública» establecido en la Ley 27.275, al excluir los «datos privados» de los funcionarios públicos, para proteger la vida privada de Milei y sus ministros.

Este criterio restrictivo ya se aplicó cuando el Gobierno se negó a brindar información sobre los gastos, mantenimiento y otros datos de los perros de Milei que viven en la Quinta de Olivos, porque aseguró que eran cuestiones vinculadas con el «ámbito privado» del Presidente de la Nación.

Pero ahora se amplió su alcance, ya que se establecieron límites más precisos y generales sobre qué información se podrá solicitar y en qué condiciones el Gobierno puede negar el acceso a información pública, «especialmente cuando la solicitud pretenda ingresar a una esfera típicamente doméstica», según establece el nuevo decreto.

Con este criterio, por ejemplo, el Gobierno ya no tendrá que responder positivamente a los pedidos de acceso a la información pública que pretendan saber quiénes ingresan en la Quinta de Olivos, si el funcionario considera que son visitas de carácter «privado».

Además la nueva normativa restringe la difusión de documentos que incluyan «deliberaciones preparatorias, papeles de trabajo o exámenes preliminares» sobre un acto de gobierno.

Esto le podría servir al gobierno de Milei, por ejemplo, para negar el acceso a información clave sobre los encuentros, borradores o escritos previos de normas específicas, como por ejemplo los debates que se dieron en el gobierno en torno al DNU 70/23 y la Ley Bases.

El Decreto 780/24 también crea una nueva figura jurídica, que no estaba contemplada en la Ley de Acceso a la Información Pública, que fue sancionada en septiembre de 2016 y que ya había sido reglamentada en marzo de 2017, a iniciativa de numerosas organizaciones de la sociedad civil y con el respaldo del entonces presidente Mauricio Macri.

La nueva figura es la del «abuso del derecho», para perseguir judicialmente a quienes no realizan el pedido de acceso «de buena fe».

En este caso, por ejemplo, el funcionario que lo considere pertinente puede no solo rechazar la solicitud presentada por una persona en su pedido de acceso a la información pública, sino además perseguir judicialmente a quien solicitó la información y reclamar el pago de una indemnización por considerar que actuó «de mala fe».

Un párrafo menos

Por último, la nueva normativa restringe la información de los ministerios de Defensa y Relaciones Exteriores, ya que elimina un párrafo completo del primer inciso del artículo 8 de la ley sancionada por el Congreso.

El párrafo eliminado de la ley por el nuevo decreto establecía que la restricción de información «en ningún caso podrá alcanzar a la información necesaria para evaluar la definición de las políticas de seguridad, defensa y de relaciones exteriores de la Nación; ni aquella cuya divulgación no represente un riesgo real e identificable de perjuicio significativo para un interés legítimo vinculado a tales políticas».

De este modo, el decreto reglamentario de Milei altera el texto y el espíritu de la Ley de Acceso a la Información Pública.

La polémica se da en un contexto complejo. Tal como informó Clarín, durante el mes de agosto Milei atacó en forma personalizada a 50 periodistas y medios, de quienes dijo que son «ensobrados», «pauteros», «esbirros manipuladores» y «cómplices de los verdaderos violentos», entre otros calificativos despectivos. Además, propuso someter a los periodistas al «escarnio público».

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