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Diario Plural San Juan > Nacionales > Los cuatro argumentos que presentó el Gobierno para evitar la entrega de acciones de YPF
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Los cuatro argumentos que presentó el Gobierno para evitar la entrega de acciones de YPF

Última actualización: 26 de septiembre de 2025 2:21 pm
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“Por las razones expuestas, este Tribunal debe revocar la sentencia”. Así concluye el documento que presentaron los abogados de la Argentina en el caso YPF que tramita en Estados Unidos. La apelación busca evitar que se ejecute la orden de entrega de acciones de la petrolera dictada por la jueza Loretta Preska.

El jueves fue uno de esos días clave para la defensa de la Argentina en el caso YPF. Era la jornada prevista para que sus abogados listaran los argumentos del país ante la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de los Estados Unidos para revertir lo dictaminado por Preska, que obliga al Estado a trasladar a Nueva York su participación accionaria del 51% en la petrolera para una eventual ejecución.

“Fue sólida con argumentos que, más allá de la legalidad, tienen sentido común”, analizó Sebastián Maril, consultor de Latam Advisors y especialista en litigios contra el país en el exterior, sobre la presentación de la Argentina.

La jueza de Nueva York Loretta PreskaLA NACION

Según explicó la Procuración del Tesoro de la Nación, la documentación entregada ante la Justicia estadounidense concentró cuatro “principales argumentos” en los casos “Petersen/Eton Park” y “Bainbridge”.

El primer argumento invocado por la defensa argentina alude a una supuesta violación de la inmunidad soberana. De acuerdo con la Procuración, “la práctica y el derecho estadounidense reconocen que la propiedad de un Estado en el extranjero está absolutamente protegida frente a embargos o ejecuciones”.

El segundo fundamento hace referencia a una “interpretación errónea del derecho de Nueva York”. Según la Procuración, el fallo de Preska aplica “indebidamente la norma de ‘turnover’, que jamás fue diseñada para obligar a un Estado soberano a transferir activos desde su propio territorio”.

A su vez, la defensa argentina planteó la “inaplicabilidad de la Ley de Inmunidades Soberanas” en el caso. “Las acciones de YPF no están ‘en los Estados Unidos, nunca fueron utilizadas en una actividad comercial en EE.UU. ni en la actividad comercial que dio origen al reclamo’”, explicó la Procuración.

Y el último punto destacado en la apelación de la Argentina señala una presunta violación del derecho argentino e internacional. “La orden judicial fuerza a la Argentina a desconocer su propia legislación, que desde 2012 exige la aprobación del Congreso por mayoría especial para cualquier transferencia de esas acciones. Además, contradice el principio de cortesía internacional (“comity”) y la doctrina del acto de Estado (“act-of-state doctrine”), pilares de las relaciones entre naciones», ampliaron desde la Procuración.

LA NACION consultó a los demandantes de la Argentina para conocer su visión sobre los argumentos del país, pero al momento de publicación de este artículo no emitieron respuesta.

Se trata de los fondos Burford Capital —que adquirió los derechos de litigio al fisco español tras la quiebra del Grupo Petersen— y Eton Park, que presionan para cobrar la indemnización más intereses, tal como dictaminó en primera instancia la jueza Preska, del Distrito Sur de Nueva York.

Tras la presentación argentina, los demandantes tendrán tiempo hasta el 14 de noviembre para presentar los argumentos con los que buscarán mantener la orden de entrega de acciones de YPF. Y el 12 de diciembre es el plazo máximo que tiene el país para presentar su réplica ante los argumentos de sus rivales judiciales.

La discusión sobre la entrega de acciones de YPF deriva de un pedido de los demandantes de la Argentina como forma de pago por la sentencia en contra en primera instancia de US$16.100 millones más intereses que se determinó en 2023.

Esa cuestión de fondo también fue apelada por el país. El 29 de octubre es la fecha fijada para la audiencia clave, en la que los defensores de la Argentina buscarán que se revoque el fallo de primera instancia. Ese día no se conocerá una determinación sobre la apelación, ya que el tribunal no tiene plazos para expedirse.


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