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Diario Plural San Juan > Uncategorized > las cámaras Laboral y del Crimen se suman a la Civil y desobedecen un fallo de la Corte Suprema
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las cámaras Laboral y del Crimen se suman a la Civil y desobedecen un fallo de la Corte Suprema

Última actualización: 13 de febrero de 2025 11:26 am
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Otras dos cámaras de la Justicia nacional, la Laboral y la del Crimen, se sumaron a la decisión de la Cámara Civil de rechazar el denominado fallo Levinas, firmado por la Corte Suprema, que en diciembre pasado estableció que todas las sentencias de las cámaras nacionales de fueros ordinarios tienen que recurrirse ante el STJ porteño y no ante el máximo tribunal judicial de la nación.

Con el aval de veinticinco integrantes, este martes la Cámara Nacional en lo Civil firmó una acordada en la que rechaza la aplicación de ese fallo.Ahora, con dos tribunales más en la misma tesitura, son tres los pronunciamientos en rebeldía. Se prevé que en las próximas horas se sume también la Cámara Comercial, al tiempo que también se espera un nuevo fallo de la Corte Suprema para ratificar su postura.

En el texto que firmaron los miembros de la Cámara del Trabajo, se sostiene que “por aplicación del artículo 155 de la ley 18.345, las decisiones emanadas de los órganos que integran la Justicia Nacional del Trabajo, una vez agotadas las instancias respectivas del procedimiento ordinario previsto en dicha ley, son recurribles únicamente en los términos previstos en los artículos 256, 257 y 258 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación”. Así, dan a entender que seguirán enviando los expedientes cuestionados por alguna de las partes a la Corte nacional.

En tanto, la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional firmó otra acordada similar en la que también desconoce al TSJ de la ciudad de Buenos Aires como su superior. La Cámara del Crimen sostiene que “esta situación podrá traer aparejada la afectación al principio de legalidad por la existencia de un tribunal que no se encuentra previsto en la ley, con lesión a la defensa en juicio -garantía del juez natural incorporada en el artículo 18 de la Constitución Nacional- y las eventuales implicancias por responsabilidad estatal internacional”.

Qué dice el fallo Levinas de la Corte Suprema

El fallo Levinas, que obliga a las cámaras a remitir al TSJ porteño, fue firmado en diciembre por los ministros Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, con la disidencia de Carlos Rosenkrantz. Apenas unas horas después, Maqueda dejó la Corte para jubilarse, lo que en la Cámara Civil interpretan como una evidencia de la fragilidad de esa resolución.

Si bien no fue la única vez en estos últimos años que la Corte advierte sobre el rol de los tribunales nacionales con sede en la Ciudad, el caso Levinas define con claridad que estos deben remitir a la órbita de la justicia porteña, como ocurre con el resto de los poderes judiciales de las demás provincias, en donde las decisiones son apeladas ante las cortes locales.

Desde la misma sanción de la Constitución de 1994, los jueces nacionales de la CABA resisten cualquier intento de traspaso y cumplimiento del mandato constitucional, que directamente niegan como tal con plausibles argumentos. Por cuestiones jurídicas, salariales, o simplemente de estatus -no es esta la ocasión de analizarlas-, la resistencia de los casi 500 jueces nacionales es desde entonces absoluta, y esa negativa es una de las más altas banderas de las organizaciones de magistrados.

Sin conversaciones políticas entre la Nación y la Ciudad para negociar el traspaso de la justicia nacional -tal como ocurre en las otras veintitrés provincias-, de sus jueces o al menos de sus competencias, la Corte ha ido advirtiendo sobre esta larga deuda con la Constitución. En el caso Levinas dio un paso más: renunció a entender en un caso «nacional» hasta que no se pronuncie el Superior Tribunal porteño, indicando el camino para el resto de los expedientes que busquen el recurso extraordinario federal como instancia superior a las respectivas cámaras de apelaciones.

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