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la Coalición Cívica pide que se declare nulo el decreto que prorrogó el impuesto a los pasajes al exterior

Última actualización: 7 de enero de 2025 5:55 pm
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El bloque de la Coalición Cívica-ARI pidió este martes que se declare nulo el decreto que prorrogó el impuesto a los pasajes al exterior. «Viola flagrantemente nuestra Constitución», escribió el legislador y presidente del partido, Maximiliano Ferraro. Dijo que la decisión del Gobierno de Milei es «nula de nulidad absoluta e insanable», ya que los decretos presidenciales no pueden ser sobre asuntos tributarios.

El pedido a la Cámara baja, firmado además por Juan Manuel López, Victoria Borrego, Marcela Campagnoli, Mónica Frade y Paula Oliveto, alega que es «por falta de adecuación a los requisitos sustanciales y formales para su dictado de conformidad».

Ferraro, en su cuenta de X, añadió que la Constitución «prohíbe al Poder Ejecutivo, bajo pena de nulidad absoluta, dictar por decreto normas de naturaleza tributaria». En su posteo habló de «la cajota de Scioli» , aludiendo a que los fondos son destinados al área que maneja el secretario de Turismo.

LA CAJOTA DE SCIOLI ES NULA DE NULIDAD ABSOLUTA E INSANABLE

Junto al bloque de la Coalición Cívica presentamos un proyecto para rechazar el inaceptable DNU 4/2025, mediante el cual el presidente Milei y todo su gabinete prorroga el impuesto del 7% sobre los pasajes al exterior… pic.twitter.com/IJqpV0lT0g

— maxi ferraro 🎗️ (@maxiferraro) January 7, 2025

Ferraro, además expresó: «Este decreto viola flagrantemente nuestra Constitución, la división de poderes y el principio de reserva de ley en materia tributaria».

Y añadió que «de ninguna manera puede aceptarse un precedente de esta naturaleza. El Poder Ejecutivo no puede crear ni prorrogar impuestos sin someterlos a discusión en el Congreso».

La presentación de la Coalición Cívica se basa en el artículo 99 de la Constitución Nacional, que en su inciso 3 precisa que el Presidente no puede emitir disposiciones de carácter legislativo «bajo pena de nulidad absoluta e insanable». Además, al habilitar circunstancias excepcionales para el uso de decretos, especifica que no podrán tratarse de normas que regulen en materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos.

Creado en 2005 por la Ley 25.997, el Fondo Nacional de Turismo destina sus recursos a promover el desarrollo y la sostenibilidad del turismo. En este sentido, contempla la asignación de parte de los ingresos provenientes del DNT, que se renovó en 2015 por un plazo de 10 años.

El fondo debía vencer este domingo 5 de enero y en 2024 recaudó $ 197.000 millones y en 2023 $ 60.000 millones, con el DNT como principal aporte para financiar acciones publicitarias, capacitaciones y el crecimiento de la industria: en 2024, representó un 90% y en 2023 un 63%. La caja está bajo la gestión de Scioli, secretario de Turismo, Ambiente y Deportes.

La prórroga del impuesto que encarece los vuelos internacionales y financia al turismo nacional se hizo oficial este lunes. A través del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 4/2025, extendió por dos años, hasta el 31 de diciembre de 2027, el Fondo Nacional de Turismo, y con él, el Derecho Nacional de Turismo (DNT).

La medida, publicada en el Boletín Oficial, mantiene el impuesto del 7% sobre los pasajes aéreos, marítimos y fluviales al exterior y generó disgusto en el sector, que, tras la eliminación del Impuesto PAÍS (un 30%) el 23 de diciembre, esperaba que ahora se quitara el DNT.

La crítica de un constitucionalista al decreto

Andrés Gil Domínguez, abogado constitucionalista, brindó en sus redes sociales una extensa explicación sobre por qué debería anularse el decreto que prorrogó el impuesto a los pasajes al exterior.

«El artículo 99.3 de la Constitución argentina es contundente: los decretos de necesidad y urgencia no pueden tratar materia tributaria bajo pena de nulidad absoluta e insanable», inició.

A continuación detalló que el Poder Ejecutivo Nacional mediante el dictado del DNU 4/2025 prorrogó la vigencia del Fondo Nacional de Turismo hasta el 31 de diciembre de 2027 inclusive.

«En otras palabras -explicó- mediante un DNU extendió la vigencia y aplicación de un IMPUESTO que es una de las materias expresamente vedada por la Constitución argentina«.

«El DNU 4/2025 es nulo de nulidad absoluta ¿Quién lo puede impugnar judicialmente? Toda persona a la que se le aplique el impuesto cuando adquiera un pasaje por cuanto existe una afectación directa, concreta e inmediata del derecho de propiedad», agregó.

Y por último, lanzó con el Gobierno: «Otra manifestación de autocracia explícita del actual gobierno. Quizás la más grave de todas porque si no respeta el límite de las materias vedadas expresamente por la Constitución argentina para sustituir al Congreso dictando decretos de necesidad y urgencia, poco de república y democracia queda en pie».

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