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Es oficial: esta es la fecha en el que cambia el peaje en la Argentina, según la ley

Última actualización: 8 de abril de 2025 3:48 pm
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Otros cambios: importación de vehículos, autopartes y modificaciones en licenciasTambién se modificó la VTV

El Gobierno confirmó a través del Decreto 196/2025 los cambios en el Código de Tránsito que había adelantado a fines de 2024. El nuevo texto de la norma incluyó variantes en el sistema de Verificación Técnica Vehicular (VTV), el proceso de importación de vehículos, la obtención y renovación de la Licencia de Conducir y el funcionamiento de los peajes en todas las rutas nacionales, entre otros puntos.

Además, se incluyó un espacio dedicado a la conducción autónoma que, si bien no tendría efectos inmediatos, busca “crear el marco para cuando la tecnología esté presente en el país”, como explicaron fuentes oficiales a este medio.

Respecto a los peajes, se estableció que para 2027 todas las rutas nacionales deberán tener peaje Free Flow. Es decir, no tener barrera ni cabina de cobro. Para ello se establecieron los siguientes plazos:

Otros cambios: importación de vehículos, autopartes y modificaciones en licencias

El primer punto consiste en la eliminación de la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y la Licencia de Configuración Ambiental (LCA) para la importación de vehículos en serie. De ahora en más, las automotrices que quieran ingresar modelos a la Argentina no requerirán tramitar la homologación para que circulen en el país sino que se tomarán como válidos los estándares de seguridad reconocidos por los países de alta vigilancia, como Estados Unidos, Australia y los miembros de la Unión Europea (las certificaciones TRANS-WP29-342).

Los modelos de producción netamente nacional sí requerirán una homologación local que se seguirá tramitando en el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI). En el caso de modelos de origen asiático, se les reconocerá la certificación obtenida en los mercados antes mencionados.

Si los modelos importados cuentan con la certificación TRANS-WP29-342 no será necesario realizar homologacionesShutterstock

Ahora bien, para los particulares que deseen ingresar vehículos al país podrán certificar la seguridad al importar tramitando un Certificado de Seguridad Vehicular, el cual se solicitará ante la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), quienes establecerán los requisitos.

Por otro lado, se libera la importación de autopartes, por lo que dejará de existir el Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad (CHAS). El objetivo último de la eliminación del CHAS es una mayor oferta de autopartes y menor precio. No obstante, aclararon, las piezas que ingresen deberán contar con certificaciones de seguridad IRAM que validen su calidad.

El segundo ítem trata sobre la eliminación de la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI), y que las licencias nacionales de tipo C, D y/o E serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros si son emitidas por jurisdicciones autorizadas por la ANSV. Además, La Licencia Nacional de Conducir será digital, válida en todo el país y renovable de forma remota con una constancia de aptitud física emitida por profesionales registrados (la versión física será opcional). Además, el domicilio real del conductor ya no deberá coincidir con el de la licencia profesional.

Se podrá renovar la licencia de manera remota

En cuanto a la renovación de la licencia podrá realizarse de manera remota mediante centros médicos acreditados, donde profesionales con la instrumentación adecuada podrán registrarse y emitir evaluaciones psicofísicas. La documentación se presentará en un portal similar al sistema de recetas digitales, permitiendo la renovación instantánea.

Finalmente, se modifican los plazos de vigencia: la primera licencia durará cinco años, con los primeros dos como período de prueba, durante el cual faltas graves implicarán la suspensión y un nuevo examen. Además, quienes cambien de jurisdicción solo deberán actualizar su domicilio digitalmente sin necesidad de tramitar una nueva licencia.

También se modificó la VTV

Por otra parte, el decreto introdujo cambios en la inspección vehicular, aunque su aplicación dependerá de la adhesión de cada jurisdicción. Si no adhieren, seguirán con la normativa de tránsito vigente en su territorio.

Uno de los principales cambios es en la periodicidad de las verificaciones: la primera se realizará a los cinco años y, a partir de los diez años de antigüedad del vehículo, se hará cada dos. Además, cualquier taller o concesionaria podrá convertirse en un centro verificador si cumple con ciertos requisitos, incluyendo la presencia de un ingeniero en planta que responda por cada inspección.

Cualquier taller o concesionaria podrá convertirse en un centro verificador si cumple con ciertos requisitosFabián Marelli – Archivo

Se creará una base de datos nacional donde se registrarán todas las inspecciones, permitiendo que cada taller fije sus propios precios, fomentando así la competencia entre ellos. En adición, las jurisdicciones que adhieran a la normativa se convertirán en sedes de inspección de alcance nacional, lo que permitirá a los vehículos de cualquier jurisdicción adherida realizar la verificación en cualquiera de ellas. En cambio, quienes residan en jurisdicciones que no adhieran solo podrán hacer la inspección dentro de su territorio.

Finalmente, el último agregado de los cambios al Código de Trásnito fue la eliminación de la habilitación especial de casas rodantes (con la posterior autorización y libre homologación de trailers, acoplados y remolques).

LA NACION

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