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Diario Plural San Juan > San Juan > El canon minero en San Juan ahora se gestiona y paga exclusivamente online
San Juan

El canon minero en San Juan ahora se gestiona y paga exclusivamente online

Última actualización: 9 de abril de 2026 10:51 am
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Tras su publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno de San Juan, a través del Ministerio de Minería, formalizó la implementación obligatoria del Sistema Integral Minero (SIM). Este desarrollo, que incluyó la confección del Padrón Minero Digital y está en acción desde 2025, se enmarca en el proyecto de digitalización del ministerio llevado adelante con el apoyo financiero del Consejo Federal de Inversiones (CFI).

A partir de esta normativa, los titulares de derechos mineros deberán abonar el canon correspondiente de manera exclusiva a través de los medios electrónicos oficiales. La medida, impulsada por la Secretaría Técnica, elimina la gestión por vías no electrónicas, buscando desburocratizar los procesos y asegurar que la información técnica y legal esté actualizada en tiempo real.

¿Qué es el canon minero y quiénes deben pagarlo?

El canon minero es una obligación legal establecida por el Código de Minería de la Nación (Artículos 213 y concordantes). Se trata de un monto anual por pertenencia que el concesionario debe abonar al Estado para mantener la vigencia de su derecho de explotación o exploración.

Con la entrada en vigencia del SIM, el proceso operativo cambia sustancialmente. Los concesionarios ahora cuentan con un circuito digital único para:

  • Consultar online el Padrón Minero y la situación técnica de su derecho.
  • Verificar estados de deuda, periodos adeudados e intereses.
  • Generar boletas de pago y emitir reportes asociados de forma inmediata.

Plazos y vigencia: cómo evitar la caducidad del derecho

El cumplimiento en término es fundamental para la seguridad jurídica de los proyectos. El Código de Minería fija dos vencimientos semestrales ineludibles: el 30 de junio y el 31 de diciembre.

La normativa es estricta respecto al incumplimiento: si transcurren dos meses desde el vencimiento de una anualidad sin que se registre el pago, la concesión caduca automáticamente.

No obstante, la ley prevé una instancia de regularización denominada «mecanismo de rescate». Una vez declarada la caducidad por falta de pago, el titular cuenta con un plazo de 45 días para abonar la deuda acumulada con un recargo del 20%. Si este plazo expira sin que se cancele la obligación, se consolida la condición de vacancia del área, quedando la misma disponible para nuevos solicitantes.

Acceso al sistema

El Ministerio de Minería centralizó el acceso al sistema desde su portal oficial. Esta modernización no solo reduce los tiempos administrativos y los errores de registración, sino que también garantiza una trazabilidad absoluta sobre la administración de los recursos provinciales.

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