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Cuáles son los métodos para calcular los aumentos por inflación en agosto

Última actualización: 11 de agosto de 2025 7:44 am
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A partir del comienzo del 2024, luego de la derogación de la ley de alquileres -a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei, en diciembre de 2023-, se abrió el juego para definir la forma en la que se actualizan los contratos. Una de las opciones más tentadoras para los propietarios, a la hora de ajustarlos, es utilizar los números de la inflación, algo que les permitiría evitar perder rentabilidad.

Mientras regía la ley de alquileres sancionada en 2020, los contratos debían ajustarse una vez al año en base al Índice de Contratos de Locación, más conocido como ICL, elaborado por el Banco Central. Este toma como referencia en partes iguales la inflación y el salario, pero se calcula con un desfasaje de los datos de dos meses. Es decir que quienes actualizan, por ejemplo, el alquiler en agosto, lo hacen en función de las cifras de inflación y salarios de junio.

En este contexto y ante un mercado sin regulación, hay propietarios e inquilinos que están pactando los nuevos contratos por dos años, en pesos y por IPC, aunque aún hay algunos acuerdos que se ajustan por ICL o se fijan en dólares y no requieren ajustes. Para actualizar el precio del alquiler por inflación, el contrato puede establecer como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que todos los mediados de mes publica el INDEC.

A la hora de firmar el contrato, las partes también deben definir cada cuánto tiempo se realizará el ajuste por inflación, es decir, la periodicidad del ajuste. “Cuando hay alta inflación, como la que marcó los finales del 2023 e inicios del 2024, conviene que la indexación sea trimestral. En épocas normales la indexación podría ser cuatrimestral o semestral”, aconseja el Dr. Enrique Abatti, presidente de la Cámara de Propietarios de la República Argentina.

En internet existen múltiples opciones de calculadoras automáticas de inflación acumulada que toman como referencia los datos publicados por el Indec. Una de ellas es la de Chequeado, que es la que se usará como referencia en el siguiente procedimiento:

Por ejemplo, si se pactó un ajuste trimestral, para un alquiler de $640.427 iniciado en mayo de 2025 que debe ajustarse en agosto, se usará el plazo de tres meses de abril a junio. Dado que la inflación acumulada en ese período fue de 6,01%, el valor a pagar pasaría a ser de $678.933,38 por mes.

Los alquileres que se ajusten por inflación podrán usar una calculadora de inflación acumulada automática para calcular la cifra actualizadaChequeado

En el caso de que se decida ajustar de forma manual, es importante destacar que no debe sumarse la inflación de cada uno de los meses, sino que se deben multiplicar las variaciones de inflación de cada mes y multiplicarse entre estas y el valor del alquiler, dado que se trata de la inflación acumulada del período.

Primero, hay que conocer cuál fue la inflación del período por el que se pretende ajustar el alquiler. Los pasos a seguir serían los siguientes:

Una vez ubicados los datos, los pasos para hacer la cuenta son los mencionados a continuación:

En un ejemplo concreto, si el día 1 de mayo se firmó un contrato de alquiler por $640.427 con ajuste trimestral por inflación, este debería ajustarse por primera vez en agosto. Dado que el informe del Indec se difunde a mediados de mes, el primer día de agosto estarían disponibles los datos de abril, mayo y junio, pero todavía no los de julio.

El valor de la variación mensual de la inflación en esos meses fue de 2,8% en abril, 1,5% en mayo y 1,6% en junio.

Después de dividir cada uno por cien y sumarle uno,la cuenta sería: 640.427 x 1,028 x 1,015 x 1,016 = $678.926

La fórmula sería: el valor del alquiler x (inflación primer mes/100 + 1) x (inflación segundo mes/100 + 1) x (inflación tercer mes/100 + 1) = valor actualizado del alquiler

El resultado no siempre coincide con el cálculo realizado a través de la calculadora automática (chequeado.com), ya que las cifras publicadas mensualmente por el INDEC están redondeadas (el número puede contener mayor cantidad de decimales que, al contemplarlos en la cuenta, pueden variar entre 100 y 300 pesos más el resultado final).

En la práctica, el inquilino podrá saber medio mes antes del ajuste cuánto le va a aumentar el alquiler. Esto se debe a que –usando este ejemplo como referencia- a mediados de julio ya puede conocer el valor de inflación de junio y, de esa forma, podría calcular cuánto va a tener que pagar en agosto. Sin embargo, la cifra podría cambiar si el alquiler se paga a fin de mes, porque ya estaría disponible el porcentaje de inflación del mes anterior, en este ejemplo, de julio.


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