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Diario Plural San Juan > Uncategorized > Caso Lanata: prohibido prohibir
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Caso Lanata: prohibido prohibir

Última actualización: 29 de septiembre de 2024 1:29 pm
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Comienza la clase de derecho civil en la Facultad de Derecho. Los alumnos están animados. Su profesor plantea un caso hipotético para que opinen.

Les cuenta: “Un periodista famoso, F, está internado. Sus hijas denuncian ante la Justicia presuntos hurtos de su madrastra. Los periodistas lo informan. La madrastra, abogada, solicita a la Justicia que prohíba toda información, en cualquier medio, sobre ella, su marido F, y este juicio”. “Si fueran jueces” -pregunta el profesor- “¿aceptarían o no ordenar una censura previa sobre este incidente hasta que se resuelva, y por qué motivos?”.

Una alumna, rápida, opina: “Si se aceptara esta censura, los tribunales se llenarían de demandas en cada pleito por herencias entre famosos. Recuerdo un conflicto entre la hija de Bettencourt, la mujer más rica de Francia, y el fotógrafo que fue pareja de la madre. No sólo hubo centenares de artículos, sino que hasta Netflix produjo una miniserie que lo cuenta todo. No veo que esto sea muy distinto”.

Otro alumno la avala. “Profesor, ante todo la Constitución garantiza que las ideas se publiquen por cualquier medio, sin censura previa. Pero estamos en el 2024. Internet es un medio de comunicación, quizá el más importante. Yo tengo el derecho de postear y emitir lo que me parezca sobre este juicio, como los periodistas. Una sentencia no nos lo puede impedir. Profesor, usted nos leyó a Brecht. No seamos indiferentes. Si se lo prohíben a uno, nos lo prohíben a todos”.

“Tienen razón los compañeros”, dice un tercero. “Sería grave que la Justicia le ponga un bozal a la opinión pública en cada debate que afecte a algún poderoso. Ser libre de opinar es lo que diferencia una democracia de una dictadura”.

Esta clase, con pequeños matices, tuvo lugar. Hace años, cuando una jueza quiso prohibir a Tato que se dijera su nombre en su programa. Y le cantamos a la jueza Barú Budú Budía, que todos reconocían, sin nombrarla.

Grecia castigó al que incendió el templo de Diana en Éfeso, condenándolo a que nadie repitiera su nombre. Y sabemos, 2.300 años después, que fue Eróstrato.

La opinión pública se crea con la creación libre de todas las opiniones orales, digitales o escritas de cada persona, titular del derecho de opinar sobre todo lo divino y humano.

Una pena que la jueza que dictó una censura judicial no haya estado en esas clases de la Facultad. La esencia de la Justicia es custodiar y potenciar nuestros derechos, nuestra libérrima esencia humana. No es prohibir el decir, escribir e intercambiar. Eso no es Justicia.

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