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Diario Plural San Juan > Uncategorized > Cómo saber si tengo multas en PBA online: el paso a paso
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Cómo saber si tengo multas en PBA online: el paso a paso

Última actualización: 22 de enero de 2025 9:01 am
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El riesgo de cometer una infracción vial a la hora de estar tras el volante atraviesa a cualquier conductor. De hecho, es considerada una de las principales preocupaciones de los dueños de los autos, ya que al momento de querer venderlo debe estar libre de deuda.

Para despejar la duda de si un auto tiene o no una infracción de tránsito, en la provincia de Buenos Aires existe un sistema llamado “Infracciones BA” para consultar estas cuestiones.

El procedimiento para revisar las multas es intuitivo y está diseñado para que cualquier persona pueda llevar la búsqueda a cabo. En primer lugar se debe ingresar al link correspondiente (https://infraccionesba.gba.gob.ar/consulta-infraccion).

Una vez ingresado, la búsqueda se puede setear por patente o por DNI del titular. Para la primera opción se debe completar donde dice “dominio” con la patente del vehículo en cuestión y para la segunda se deben completar tres campos: tipo de documento (DNI, pasaporte, etc), el número de identificación y el género de la persona por la cual se consulta.

Así se ve el sitio web de la provincia de Buenos Aires donde se consultan las multas

Una vez completados los datos, figurará en web si el vehículo o el titular posee infracciones. En caso de que no cuente con ninguna, habrá un cartel que aclarará la ausencia de multas. En caso de que existan, será posible observar el detalle de cada una de ellas.

Según el artículo 89 de la Ley Nacional de Tránsito N°24.449 las multas prescriben después de cierto tiempoGentileza ANSV

En caso de que existan multas, se pueden abonar mediante la descarga o impresión del cupón de pago o mediante el escaneo de un código QR. Sino, también existe la opción de pagarlas en el portal de pagos de la Red Provincial Net Pago (con tarjeta de débito) y en efectivo en cualquier sucursal de Rapipago.

Por último, según el artículo 89 de la Ley Nacional de Tránsito N°24.449, a los dos años prescriben las faltas leves y a los cinco años las faltas graves; y las provincias tienen la potestas de adecuar esta normativa a sus propias necesidades para aplicarla de manera diferencial. Sin embargo, en la provincia de Buenos Aires este lineamiento se mantiene.

LA NACION

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