El Gobierno apeló la sentencia que lo obliga a cumplir de inmediato la ley de financiamiento universitario. Lo hizo con un escrito de 42 páginas en el que reiteró su postura sobre la necesidad de indicar con qué ingresos se va a solventar el aumento del gasto público que provocará su implementación.
El juez Diego Martín Cormick aceptó la apelación del Gobierno y, por lo tanto, quedó suspendida su decisión anterior que declaraba inconstitucional el decreto de Javier Milei.
Sin embargo, la obligación de pagar por parte del Estado sigue vigente porque aún queda en pie la medida cautelar que había dispuesto el propio juez y que exigía recomponer los salarios docentes y no docentes, actualizar las becas estudiantiles y girar los fondos de funcionamiento a las universidades.
Efectivamente, en su decisión, Cormick informó a las partes del juicio que se dará “continuidad al trámite de ejecución de cumplimiento” sobre las obligaciones de pagar.
El recurso enviado al juez fue firmado por representantes del Ministerio de Capital Humano y la Procuración del Tesoro, y apunta contra el fallo del 6 de octubre que hizo lugar al amparo del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y de los rectores de universidades públicas. Esa sentencia declaró inconstitucional el decreto 759/2025 y ordenó al Poder Ejecutivo cumplir “de inmediato” la ley de financiamiento, con las normas reglamentarias necesarias.
Esto suma un nuevo capítulo a la historia del financiamiento universitario durante la gestión de Javier Milei, que no solo acumula episodios en Tribunales y en el Congreso, sino también movilizaciones en las calles. La apelación del Gobierno recuerda esa historia, cuando en octubre del año pasado el Parlamento aprobó la normativa. Sus artículos 3 y 4, según la apelación presentada, aluden a una “recomposición presupuestaria” correspondiente al ejercicio 2024, así como una “actualización presupuestaria bimestral” de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas para el ejercicio de 2025.
“Por su parte, el artículo 7 prevé –sin brindar mayores precisiones– la asignación de una partida especial destinada a la carrera de Investigador Científico”, continúa el racconto realizado por el Gobierno. Y agrega que el noveno artículo de la ley sostiene que el Poder Ejecutivo adecuará partidas.
Menos de un mes después de que se aprobara la ley de financiamiento universitario, el Gobierno firmó el Decreto 759/2025, que es el declarado inconstitucional por la sentencia que ordenó el cumplimiento de la ley. El Ejecutivo citó en su apelación contra esa sentencia que el texto de este decreto menciona que “la ley se ejecutará cuando el Honorable Congreso de la Nación determine las fuentes de su financiamiento”.
El Gobierno señaló “no “condicionó” o “suspendió” la vigencia de la Ley», sino que, según su punto de vista, quedó supeditada a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley N° 24.629. Esta normativa establece que “toda ley que autorice o disponga gastos deberá prever en forma expresa el financiamiento de los mismos”.
No es la primera vez que el Gobierno sale a defender el decreto sobre la ley de financiamiento universitario en los Tribunales. En diciembre del año pasado, según manifestó en su apelación, el juzgado a cargo de Martín Cormick había resuelto “inaplicar” el decreto.
El Gobierno cuestionó esa decisión y entonces debió intervenir la Cámara, que en marzo de este año mantuvo lo decidido en primera instancia. Entonces, el Ejecutivo recurrió a la Corte Suprema mediante la presentación de un recurso extraordinario que el máximo tribunal desestimó.
Luego de ese periplo judicial se llegó al fallo del pasado 6 de octubre que ordena al Gobierno cumplir la ley de financiamiento universitario, lo que fue recientemente apelado por el oficialismo.

