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La Corte defendió su fallo sobre la ley de tierras y dijo: “La descalificación y el odio sólo deterioran las instituciones y la democracia”

Última actualización: 2 de octubre de 2026 6:18 am
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La Corte Suprema de Justicia dio a conocer hoy un comunicado para “aclarar las dudas” que, según afirmó, se generaron en relación con su fallo del martes por el cual ya no rigen los límites a la venta de terrenos a extranjeros previstos en la ley de tierras.

La Corte criticó a quienes, para “presionar sobre el tema”, promovieron “discursos de odio y descalificación en las redes sociales”.

El fallo provocó críticas al máximo tribunal y una dura reacción contra el Gobierno en el Congreso, donde la oposición busca hacer caer todo el megadecreto 70/2023 de Javier Milei, que tiene una parte —contra la ley de tierras-, que había sido dejada sin efecto por la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que el martes la Corte revocó.

Esa Cámara había declarado inconstitucional la derogación de la ley de tierras que Milei dispuso por decreto. El fallo del máximo tribunal rechazó el de la Cámara con el argumento de que quien había presentado el amparo, una asociación de excombatientes de Malvinas, no estaba legalmente legitimada para hacerlo.

El comunicado de hoy dice: “La Corte Suprema de Justicia de la Nación, continuando con su política de lenguaje claro, se dirige a la opinión pública con la finalidad de despejar dudas que se han generado en relación a la sentencia dictada en la causa ‘Cecim c. el Gobierno Nacional”. Advierte, en primer lugar, que en el caso “sólo se decidió un aspecto procesal, que se refiere a la legitimación de una asociación para obtener una medida cautelar” y dice que la resolución de la Corte “se ajusta estrictamente” a todos los precedentes del tribunal.

Aunque circuló como un comunicado de la Corte Suprema, en la vocalía de Carlos Rosenkrantz informaron a LA NACION que este juez no participó ni consintió la redacción ni la difusión de ese material.

El texto sostiene que “la sentencia no afecta a otras medidas cautelares con el mismo objeto que están en trámite en distintos tribunales” y que “tampoco impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente”.

Y añade: “Los grupos de interés que presionan sobre el tema también pueden recurrir al reclamo judicial, lo que, en una democracia, es más adecuado que la promoción de discursos de odio y descalificación en las redes sociales”.

Además, manifiesta que con el fallo “tampoco se obstaculiza la función del Honorable Congreso de la Nación en el tratamiento de este aspecto del DNU 70/2023, que fue rechazado por el Senado de la Nación el 14 de marzo del año 2024 y está siendo examinado por la Cámara de Diputados de la Nación”.

La Corte subraya que ella “ha ejercido un liderazgo en la protección de los recursos naturales, el ambiente y los bienes colectivos durante muchos años” y sostiene: “No es conveniente intentar confundir a la población en este aspecto”.

“La crítica es correcta; la descalificación y el odio sólo deterioran las instituciones y la democracia”, dice la Corte en su comunicado.

El tribunal vuelve a afirmar en este mensaje -como lo había hecho en su propio fallo- que “la controversia referida a la ley de tierras, es decir, el artículo 154 del DNU 70/2023 y la vigencia de la ley 26.737 (Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales), no ha sido resuelta en este caso, como se aclaró expresamente”.

Por último, afirma: “La Corte se expedirá sobre las normas jurídicas conocidas como ley de tierras cuando lleguen esos reclamos, lo que no ha ocurrido hasta el momento”. Sostiene esto porque, a su juicio, como la asociación de excombatientes no está legitimada a promover el amparo que presentó contra el decreto de Milei, no existe un caso. “De modo -insiste la Corte- que no puede interpretarse de ninguna manera que exista una posición del Tribunal o de los ministros sobre el referido régimen”.


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