• Radio Red de Medios 89.3 en VIVO
  • Radio Rivadavia 89.7 MHZ San Juan
  • San Juan
  • Nacionales
  • Mundo
  • Opinión
Diario Plural San Juan
Diario Plural San JuanDiario Plural San Juan
Redimensionador de fuentesAa
Search
¿Ya tiene una cuenta? Iniciar sesión
Síguenos
© 2022 Foxiz News Network. Ruby Design Company. All Rights Reserved.
Diario Plural San Juan > Nacionales > Rebajan las condenas por el crimen del mapuche Rafael Nahuel y los prefectos no irán a prisión
Nacionales

Rebajan las condenas por el crimen del mapuche Rafael Nahuel y los prefectos no irán a prisión

Última actualización: 24 de septiembre de 2026 5:14 pm
Compartir
7 Lectura mínima
COMPARTIR

La Justicia rebajó a tres años de prisión en suspenso, como máximo, las condenas impuestas a cinco integrantes de la Prefectura Naval por el crimen de Rafael Nahuel en Bariloche 9 años atrás, cuando reprimieron en un operativo de desalojo a la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu en el Parque Nacional Nahuel Huapi, en inmediaciones de Bariloche.

Nahuel fue muerto de un tiro por la espalda efectuado el 25 de noviembre de 2017. Patricia Bullrich era entonces ministra de Seguridad y organismos de derechos humanos criticaron su rol y responsabilidad política al haber respaldado la versión del enfrentamiento armado y justificado el accionar de las fuerzas federales.

El fallo fue dictado por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, con la firma de los camaristas Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci. Los jueces revisaron las condenas e hicieron lugar al recurso de las defensas, con lo que además les quitaron la inhabilitación especial como integrantes de las fuerzas de seguridad.

Por eso dejaron sin efecto las penas impuestas por el tribunal de juicio y fijaron nuevas sanciones de ejecución condicional. Los beneficiados son Sergio Guillermo Cavia, que recibió tres años en suspenso; se aplicaron dos años y seis meses para Juan Ramón Obregón; dos años y tres meses para Francisco Javier Pintos y Carlos Valentín Sosa; y dos años para Sergio Damián García.

La causa se originó en el operativo del 25 de noviembre de 2017 en un predio de Parques Nacionales, en cercanías de la Ruta Nacional 40, cuando el Grupo Albatros ingresó para desalojar a los mapuches y algunos fueron detenidos, y otros huyeron hacia las montañas. Allí, los prefectos efectuaron disparos y Rafael Nahuel Salvo murió a raíz de un impacto de arma de fuego.

El juez Gustavo Villanueva entra al bosque de Bariloche donde mataron a Nahuel, rodeado de miembros de PrefecturaEugenia Neme

Los cinco agentes habían sido condenados por homicidio agravado por el uso de armas de fuego, con exceso en la legítima defensa: Cavia como autor y Pintos, Obregón, Sosa y García como partícipes necesarios. La revisión de la Casación se limitó exclusivamente a los cuestionamientos formulados por las defensas respecto de la determinación de las penas.

Cavia había recibido 5 años de prisión; Pintos, Obregón, Sosa y García recibieron entonces 4 años y 6 meses de prisión e inhabilitación especial por 7 años al ser considerados partícipes necesarios del mismo delito. Ahora, con estas nuevas penas, ninguno irá preso. El fallo puede aún debe ser revisado por la Corte Suprema de Justicia. Los hombres de Prefectura están en libertad.

En la resolución de la Casación se consideró que la decisión recurrida no había ponderado adecuadamente las circunstancias atenuantes ni individualizado la intervención de cada condenado. El tribunal graduó las sanciones, el arma empleada, la cantidad de disparos y las circunstancias personales de cada condenado. A Cavia le impuso la pena mayor por ser autor del disparo mortal.

Por el crimen ocurrido en Parques Nacionales en Villa Mascardi, es la segunda vez que Casación interviene sobre las penas. En junio de 2025, la misma sala, con otra integración, confirmó la responsabilidad de los cinco y la calificación de homicidio agravado por el uso de arma de fuego con exceso en la legítima defensa.

Atenuantes

Pero había anulado los montos de las penas y ordenó al Tribunal Oral Federal de General Roca que los volviera a fijar, ponderando “en su justa dimensión” los atenuantes. En febrero pasado, el tribunal rionegrino repitió exactamente las mismas condenas. Admitió que no encontraba “buenas razones” para apartarse de ellas.

Ahora la Cámara Federal de Casación no devolvió el expediente, sino que fijó las penas, por su cuenta, después de escuchar a los cinco acusados en una audiencia de conocimiento personal el 10 de junio. En el voto que lideró el acuerdo, Borinsky sostuvo que el tribunal de juicio enumeró los atenuantes y hasta afirmó que “indudablemente” mitigaban el reproche, pero no los reflejó en las penas.

Tras largas negociaciones, la Justicia pudo ingresar al predio en el que murió baleado Rafael NahuelArchivo

Esos atenuantes eran la falta de antecedentes penales y de sanciones administrativas, la inexperiencia en enfrentamientos armados y las condiciones personales y familiares de los acusados. También cuestionó que el tribunal evaluara en bloque a los cinco partícipes, aunque había elementos para distinguir la conducta de cada uno, como el arma que usó y la cantidad de disparos que hizo.

Como agravante común, Borinsky ponderó la gravedad del hecho y la muerte de Nahuel. Pero recordó que, según la sentencia de condena, la reacción de los prefectos fue inicialmente defensiva y luego excesiva, y que estaban en el lugar cumpliendo una orden judicial. Yacobucci adhirió a ese voto: remarcó que si Casación había dado la razón a las defensas en su primera intervención, esa decisión “ha de producir alguna consecuencia efectiva” en el resultado final.

El prefecto Pintos, al enfrentarse con los mapuches que atacaron con piedras, usó primero un arma no letal y luego los cinco dispararon con sus pistolas Beretta 9 milímetros y un subfusil MP5. Un disparo de la pistola de Cavia ingresó en el cuerpo de Nahuel por la parte posterior de la cadera izquierda y le provocó la muerte por hemorragia interna.

El criterio general fue graduar según el rol de cada uno, el arma usada y la cantidad de municiones faltantes, sobre una escala de un año y cuatro meses a seis años y ocho meses. Las condenas condicionales se justificaron en la inconveniencia de las penas cortas de prisión para quienes delinquen por única vez. Los tres jueces de Casación votaron las mismas penas, todas en suspenso y sin inhabilitación.


Comparte este artículo
Facebook Whatsapp Whatsapp Correo electrónico Copiar enlace
No hay comentarios

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.

Sigue leyendo...

Nacionales

El BCRA endurece una norma que afecta a los bancos para contener la presión sobre el dólar

El Banco Central (BCRA) volvió a cambiarles las reglas del juego a los bancos. A un día hábil del cierre…

3 Lectura mínima
Nacionales

Cómo recuperar dinero retenido por ARCA en 2025, según la situación de cada persona frente a los impuestos

Con el inicio de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el trámite para pedir la devolución…

9 Lectura mínima
Nacionales

Las zonas donde los departamentos de dos ambientes ya superan el medio millón de pesos por mes

Los precios de los departamentos en alquiler que se publican diariamente en los principales portales inmobiliarios continúan en alza y…

3 Lectura mínima
Nacionales

aceptan suspender las PASO pero le exigen que no desdoble

Pese a las negociaciones en marcha para explorar un acuerdo, el kirchnerismo subió la presión a Axel Kicillof en la…

5 Lectura mínima
Diario Plural San Juan
© Pagina desarrollada por Estracom Top Up Saldo PayPal Kanopi Kain Malang Harga Lift Rumah
Welcome Back!

Sign in to your account

Username or Email Address
Password

¿Ha perdido su contraseña?