Tal como adelantó LA NACION, el Gobierno oficializó este martes los nuevos requisitos para la designación de jueces de la Corte Suprema. La medida fue publicada mediante el Decreto 467/2026 en el Boletín Oficial y, entre otras cuestiones, elimina la instancia de observaciones e impugnaciones ciudadanas ante el Poder Ejecutivo y deja sin efecto la recomendación para que el Presidente contemple criterios de diversidad de género, especialidad y procedencia regional al momento de proponer candidatos.
La norma modifica los procedimientos creados por los decretos 222/2003 y 588/2003, mecanismos establecidos durante la gestión de Néstor Kirchner para la designación de jueces, fiscales y defensores públicos.
En particular, el Decreto 222/2003 obligaba al Gobierno a publicar los antecedentes de los candidatos a la Corte Suprema y abrir un período para que ciudadanos, organizaciones y universidades presentaran apoyos u objeciones. Ahora se derogaron los artículos 3, 6 y 7, por lo que desaparece esa etapa administrativa.
El argumento oficial es que esas instancias duplicaban controles porque el Senado ya realiza audiencias públicas obligatorias y recibe observaciones durante el tratamiento de los pliegos.
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