• Radio Red de Medios 89.3 en VIVO
  • Radio Rivadavia 89.7 MHZ San Juan
  • San Juan
  • Nacionales
  • Mundo
  • Opinión
Diario Plural San Juan
EN VIVO

Transmisión en Vivo

Tu navegador no soporta el elemento video.
Diario Plural San JuanDiario Plural San Juan
Redimensionador de fuentesAa
Search
¿Ya tiene una cuenta? Iniciar sesión
Síguenos
© 2022 Foxiz News Network. Ruby Design Company. All Rights Reserved.
Diario Plural San Juan > Nacionales > Cómo es el régimen que propone el Gobierno y qué limite a una simplificación promete eliminar
Nacionales

Cómo es el régimen que propone el Gobierno y qué limite a una simplificación promete eliminar

Última actualización: 9 de diciembre de 2025 7:00 pm
Compartir
7 Lectura mínima
COMPARTIR

El sistema opcional simplificado del impuesto a las ganancias que va atado al plan con el que el Gobierno pretende que se usen ahorros no declarados de la población implica que, a partir del vencimiento de la obligación fiscal por los ingresos de este año, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) predeterminará el monto a tributar por cada persona adherida, solo sobre la base de la facturación y de los gastos deducibles.

El organismo informará ese importe a través de su página web al contribuyente, quien podrá aceptarlo y pagarlo, o, por el contrario, rectificarlo e ingresar el importe que crea correcto. Esa modalidad de predeterminación del tributo reemplaza, para quienes estando inscriptos en el impuesto opten por ella, a la tradicional declaración jurada de Ganancias.

En el régimen propuesto, vinculado con el proyecto de Ley de Inocencia Fiscal, no se solicitará información sobre consumos personales ni sobre cambios en el patrimonio. Es decir, se relajan los controles anti-evasión por parte del Estado nacional.

Según lo explicado por funcionarios en sus momento, incluso cuando reciba datos sobre la compra de inmuebles o vehículos, ARCA no los utilizará en este esquema para tratar de determinar si es consistente el nivel de ingresos facturados por una persona con el nivel de sus gastos. Por todas esas características, el régimen está pensado para quienes tienen fondos por ingresos no declarados y se enmarca en la pretensión del oficialismo de que haya más recursos volcados a la adquisición de de bienes y servicios.

El proyecto de ley en cuestión fue incluido entre los habilitados para su tratamiento en las sesiones extraordinarias del Congreso Nacional, según la convocatoria hecha por el Poder Ejecutivo a través del decreto 865, publicado hoy en el Boletín Oficial.

Un límite no menor con el que surgió el sistema, de acuerdo con el decreto 353 emitido en mayo de este año, es su exclusividad para quienes “obtengan rentas de fuente argentina”. Es decir, se dejó en principio al margen de la posibilidad de optar por esta modalidad a quienes reciben ingresos desde el exterior.

La opción fue originalmente dispuesta para quienes reciben exclusivamente ingresos en el paísFreePik

Sin embargo, una norma posterior del Poder Ejecutivo eliminó esa restricción en la teoría o, al menos, habilitó el acceso para esas personas, condicionándolo al hecho de que se apruebe una regulación que le permita a ARCA sortear el obstáculo que tiene para determinar el impuesto de un contribuyente con ingresos originados fuera del país. Es decir, hay cuestiones técnicas que no permiten hoy que, en esos casos, el organismo haga la predeterminación del impuesto a ingresar.

El decreto 767, de octubre pasado, repite por un lado que -como ya se había dispuesto en mayo- la modalidad simplificada de Ganancias “únicamente estará disponible para los contribuyentes que obtengan rentas de fuente argentina en forma exclusiva”. Pero el texto agrega inmediatamente que la opción podrá hacerse «tratándose de rentas de fuente extranjera, únicamente en los supuestos y en la oportunidad que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero disponga”.

Así, la normativa habilitó la posibilidad de que quienes reciben por su trabajo dinero desde el extranjero ingresen al régimen simplificado, aunque en la práctica eso aún depende de normas del organismo de recaudación. Desde ARCA dijeron a LA NACION que se trabaja para implementar la medida “para el momento de las presentaciones en 2026″. El impuesto correspondiente por los ingresos de 2025 deberá liquidarse hacia mediados del año próximo.

Para adherir al régimen simplificado se debe ingresar con la clave fiscal a la página de ARCA, ir a “Sistema registral” y luego a “Ganancias PH simplificada” y optar por este régimen. Antes de que llegue la fecha de la presentación de las declaraciones juradas podrá desistirse de la elección, según se aclara en el organismo.

ARCA tiene aún pendiente una normativa, que estaría lista para el momento de la presentación de las declaraciones juradas, durante 2026Archivo

El efecto práctico se verá con el vencimiento de las obligaciones por el año actual. El contribuyente verá el saldo del impuesto cargado por ARCA, y podrá aceptarlo o no. En caso de optar por rectificarlo, tendrá que subir la información que considere necesaria y pagar el monto que crea correcto. Respecto de qué ocurrirá si llega luego un reclamo del organismo recaudador, fuentes oficiales indicaron que tal cosa (es decir, la ratificación de ARCA de su propio número, en disidencia con el abonado por el contribuyente) será un hecho posible. Pero insistieron en que el cálculo del impuesto siempre se basará en la facturación y los gastos deducibles, “y no en datos de consumos personales” (lo cual reduciría la posibilidad de diferencias en los montos).

Según informó en su momento el Gobierno, si bien el régimen es opcional, en caso de que se adquieran bienes registrables por valor de más de $50 millones habrá que anotarse “para que ARCA no mire el incremento patrimonial ni el consumo”, incluso si lo que se adquiere es “un campo de millones de dólares”.

La creación de este sistema simplificado no afecta a los asalariados que sufren descuentos de sus remuneraciones por Ganancias, siempre que no estén a la vez inscriptos en el tributo, algo que sucede cuando, además de tener un empleo bajo relación de dependencia, alguien se desempeña como autónoma (y salvo que se trate de personas que, según lo explicado anteriormente, usen montos mayores a $50 millones no declarados para comprar bienes registrables).


Comparte este artículo
Facebook Whatsapp Whatsapp Correo electrónico Copiar enlace
No hay comentarios

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.

Sigue leyendo...

Nacionales

TENEMBAUM: «TE GUSTE O NO MILEI ES LÍDER…»

0 Lectura mínima
Nacionales

VIDEO – NELSON CASTRO: «LA ARGENTINA ES PERONISTA, Y ESO ES UNA DESGRACIA COMO LO DICE LA HISTORIA»

Nacionales

Un incendio lo destruyó y hoy está de pie luego de una inversión de US$35 millones

GENERAL LAS HERAS.- Pasaron casi seis años desde aquella madrugada helada de julio en que un incendio consumió por completo…

8 Lectura mínima
Nacionales

El SENTIDO ADIÓS de PAGANI para MIGUEL ÁNGEL RUSSO: «MIGUELITO ERA UN TIPO BUENO Y LABURANTE»

Diario Plural San Juan
© Pagina desarrollada por Estracom Top Up Saldo PayPal Kanopi Kain Malang Harga Lift Rumah
Welcome Back!

Sign in to your account

Username or Email Address
Password

¿Ha perdido su contraseña?