En menos de una semana, cuando finalice septiembre, terminará la posibilidad de tramitar una prestación anticipada por desempleo, a menos que se decida finalmente una prórroga, para que el esquema de excepción dispuesto en 2021 siga vigente por un tiempo más. “Se está trabajando en el tema, no hay definición aún”, dijeron en el Ministerio de Capital Humano, ante la consulta de LA NACION sobre esa opción.
Se trata de un beneficio de cobro mensual dirigido a personas que acumularon 30 años o más de aportes, pero a las que aún les faltan 5 años o menos para la edad mínima que exige el sistema general de la Anses: 60 años las mujeres y 65 años los varones.
Es decir, a la llamada jubilación anticipada pueden acceder las mujeres de entre 55 y 59 años y los varones de entre 60 y 64 años, siempre que cumplan también con otra condición, que se suma a la de 30 años de aportes: la de estar sin ocupación laboral formal desde el 30 de junio de 2023 (o desde antes).
El esquema fue dispuesto por un decreto de necesidad y urgencia (DNU) en 2021, e inicialmente se previó su vigencia por dos años. En 2023 se prorrogó por otro período igual, a través del DNU 558. El plazo allí establecido vence el próximo martes, 30 de septiembre.
La prestación equivale al 80% del monto del haber que se le determina a cada persona en particular. Al cumplir la edad jubilatoria, se comienza a percibir el 100% del importe.
En el caso de los asalariados, para calcular el haber inicial se considera, en primer lugar, el importe promedio de las últimas 120 remuneraciones con aportes (se aplica una actualización a los montos históricos); de ese valor promedio, se estima el 1,5%, y al resultado se lo multiplica por la cantidad de años aportados. Luego, se suma la Prestación Básica Universal (PBU), que es un valor fijo, igual para todos, que este mes se ubica en $146.512.
Por ejemplo, si el promedio de los salarios resulta de $1,5 millones y hubo 30 años de aportes, el haber inicial será de $821.512. Si se accede a la prestación anticipada, el ingreso mensual sería de $657.210. El esquema dispuesto garantiza que se cobre, al menos, el haber mínimo.
Los beneficios actuales otorgados bajo la modalidad de prestación anticipada seguirán abonándose mensualmente, más allá del fin de la vigencia para tramitar altas. Pero siempre hay que tener en cuenta que si quien cobra bajo este sistema consigue un empleo formal o se anota como monotributista o autónomo, la prestación deja de percibirse. Es decir, la condición de estar en situación de desempleo se mantiene durante el tiempo en que se cobre la prestación.
Además, el cobro es incompatible con la percepción de cualquier tipo de planes sociales, de pensiones graciables o no contributivas, de jubilaciones, pensiones o retiros civiles o militares, “ya sean nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales”, según expresa la normativa original.
Los aportes requeridos deben haberse hecho de manera efectiva, aunque sí se reconocen pagos por moratorias con la condición de que hayan sido efectivizados hasta el 30 de junio de 2023. Además, se reconocen períodos de aportes por los meses de licencia por maternidad o en los que se cobró la prestación por desempleo del sistema formal de trabajo.
No está habilitada, para completar el requerimiento a los fines de la jubilación anticipada, la compra de aportes según el sistema de la ley 27.705, que en uno de sus capítulos les permite, a las mujeres de entre 50 y 59 años y a los varones de entre 55 y 64 años, adquirir contribuciones a un precio determinado, para completar faltantes y poder obtener la jubilación ordinaria. Sin embargo, esa compra no puede hacerse ahora, si lo que se busca es acceder a la prestación anticipada por desempleo.
Para tramitar el beneficio, quienes cumplen los requisitos pueden verificar, en primer lugar, sus aportes registrados en el sistema. Eso se hace entrando en la página www.anses.gob.ar con la clave personal de la seguridad social, y yendo al apartado Mi Anses, que aparece arriba, a la derecha. Una vez allí, se debe buscar la solapa referida a “Trabajo” y “Consultar historia laboral”. Allí se desplegará la historia personal de los aportes.
Para la solicitud concreta del beneficio, se pide un turno para ir a una Unidad de Atención Integral (Udai) de la Anses. Ese trámite se hace clikeando en el apartado “Información personal” y luego en “Mis turnos”.


¡Qué drama! Este texto es como una receta para la jubilación anticipada, pero con ingredientes como DNUs, plazos límite y el infaltable si cobra y encuentra trabajo, ¡pobre! Es un laberinto de condiciones que te recuerda que, al final, la única cosa que asegura es que sigues pensando en el dinero mientras esperas el turno en una Udai. ¡Un manual de supervivencia en la era de la jubilación con estilo!vow movie
¡Qué montaña rusa de beneficios! Es más complicado que encontrar el DNU perfecto para jubilarse anticipadamente sin trabajar desde junio de 2023. Tener 30 años de aportes y estar desempleado es un duelo de titanes contra el sistema. Bueno, al menos el 80% del haber es un chupete reconfortante, aunque siempre y cuando no tengas un trabajo o seas monotributista, claro. ¡Y qué ironía! Comprar aportes para la jubilación normal está permitido, pero no para esta prestación por desempleo. Casi parece un juego de ajedrez con la Anses, ¡si no te equivocas con el trámite, el beneficio llega como un impacto!